CONTACTO

cofpas@gmail.com
@cofpas

martes, 8 de noviembre de 2016

El servicio de recaudación del Ayuntamiento de Oviedo debe prestarse con empleados públicos

Ante el recrudecimiento del conflicto laboral como consecuencia de la remunicipalización del servicio de recaudación de tributos del Ayuntamiento de Oviedo, y sin perjuicio del respeto al ejercicio del derecho de huelga de los trabajadores de la empresa privada que actualmente gestiona dicho servicio, el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies reitera lo siguiente:
1. La oleada de privatizaciones de la gestión de servicios públicos de las dos últimas décadas ha generado, en una buena parte de los casos, un incremento de los precios,  un mayor coste para las arcas públicas, el deterioro de las garantías jurídicas de los ciudadanos y de la calidad de las prestaciones, deficiencias en el control de la gestión, escandalosos márgenes de ganancias para las empresas adjudicatarias, clientelismo laboral y no pocos escándalos de corrupción asociados al proceso de adjudicación del servicio.
Por ello, los procesos de “remunicipalización”, consistentes en la recuperación de la gestión directa de los servicios públicos de titularidad municipal (agua, recogida de residuos, transporte público etc.), son ya una tendencia en muchos Ayuntamientos de España, fundada tanto en razones de eficiencia económica (la gestión pública puede ser más eficiente que la privada), como de rentabilidad social.
En este sentido, la decisión del Ayuntamiento de Oviedo de gestionar directamente las actividades relacionadas con el servicio de recaudación de tributos que fueron privatizadas sin ningún estudio económico que avalara una mayor eficiencia de la gestión privada, nos parece una decisión acertada desde el punto de vista de la defensa del interés general de los ciudadanos y ciudadanas del concejo. Ni el pliego de cláusulas administrativas que rigió la contratación, ni el de prescripciones técnicas, incluyen cláusula alguna que justifique el por qué de la necesidad de la colaboración de una empresa privada, por lo que debemos preguntarnos por los verdaderos motivos que llevaron a precisar de la colaboración de un empresario privado cuándo el servicio venía prestándose directamente por el Ayuntamiento con sus propios medios.
2. La gestión directa del servicio de recaudación de tributos debe llevarse a cabo con empleados públicos que accedan a sus puestos mediante procedimientos que respeten los principios de igualdad, mérito y capacidad, por imperativo de lo dispuesto en los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución. 
En este caso, el Ayuntamiento de Oviedo ha optado por la convocatoria de un concurso - oposición, en lugar de una oposición, procedimiento que supone una clara ventaja para  los  trabajadores de la empresa privada que gestiona el servicio en la medida en la que se valora la experiencia previamente adquirida por los mismos.
Pero es que, además, el Ayuntamiento de Oviedo no era libre para decidir si se subrogaba o no en los contratos de los trabajadores de esa empresa privada , si no que dicha subrogación sólo podía realizarse si fuera legalmente  procedente y, en este caso, no lo era. La jurisprudencia del Tribunal Supremo (por todas, puede consultarse la sentencia de la Sala de lo Social de 26 de julio de 2012) señala que no hay subrogación laboral si no se trasmiten los elementos patrimoniales que configuran la infraestructura u organización empresarial básica de la explotación, transmisión que – como resulta evidente – no se da si el Ayuntamiento de Oviedo decide poner fin a la gestión privatizada y prestar directamente el servicio auxiliar de recaudación con sus propios medios materiales y personales.
Si el Ayuntamiento de Oviedo hubiera acordado prestar directamente el servicio con el personal contratado por la empresa adjudicataria, no sólo estaría tomando una decisión sin amparo legal. Además, la consecuencia de la misma sería que esos trabajadores ingresarían en la administración municipal  como indefinidos no fijos, con la obligación del Ayuntamiento de crear de manera inmediata las plazas necesarias y cubrirlas mediante procedimientos públicos que garanticen los principios de igualdad, mérito y capacidad. Es decir, los trabajadores subrogados no tendrían garantía alguna de permanencia en el Ayuntamiento.
La privatización de la gestión de servicios públicos tiene unas reglas de juego que deben respetarse: es la empresa beneficiaria del contrato la que debe responsabilizarse de sus trabajadores y no lanzarlos contra el Ayuntamiento cuando se le acaba el negocio, pues hay que recordar que ninguna empresa puede pretender que los contratos que celebre con la Administración sean para siempre.
Quien despedirá a los trabajadores será La Auxiliar de Recaudación SL y no el Ayuntamiento de Oviedo

No hay comentarios:

Publicar un comentario