Ante
el anuncio que acaba de hacer la consejera de Hacienda y Administraciones
Públicas del Principado de que se abrirá un proceso de “concurso – oposición”
para que el personal laboral fijo que desempeña tareas funcionariales pueda
acceder a la condición de funcionario público, el Conceyu por Otra Función
Pública n´Asturies quiere advertir que los procesos de funcionarización no
pueden ser un coladero o simulacro de exámenes que repitan las irregularidades
y fraudes de ley cometidos en procesos similares anteriores.
Recordamos que el último intento legal
realizado por el Principado de Asturias para poner en marcha un proceso de
funcionarización del personal laboral fijo fue tumbado por el Tribunal Constitucional en la sentencia 38/2004, de 11 de marzo de 2004, que declara
inconstitucional la Ley
4/1996, de 13 de diciembre, de artículo único, por la que se introdujo una
nueva disposición adicional, la octava, en la Ley de Función Pública asturiana 3/1985, con el
fin de abrir un nuevo proceso masivo de funcionarización.
En
dicha ley, aprobada por la Junta General
del Principado, se permitía que el personal laboral fijo adquiriera la
condición de funcionario público de carrera mediante la superación de un curso
de formación sobre materias relacionadas con el conocimiento de las
instituciones públicas y la organización de la Administración, abriendo
un boquete descomunal para el acceso a dicha condición sin acreditar los
méritos y capacidades necesarios para ello.
Pero,
con anterioridad a la aprobación de esta Ley declarada inconstitucional, los
procesos selectivos de funcionarización de personal laboral fijo convocados por
el Principado de Asturias en los años 90
ya fueron más aparentes que reales. Este es el caso, por ejemplo, de la
convocatoria para acceder a 18 plazas del Cuerpo Superior de Administradores,
en las opciones económica y jurídica (BOPA 29 de septiembre de 1994), en la que
la fase de oposición consistía en la asistencia a un curso y en la contestación
por escrito, una vez finalizado el mismo, de dos temas entre cuatro elegidos al
azar por el aspirante, de entre los contenidos en un temario de 15 temas. A lo
que se añade la posibilidad de sumar los puntos de la fase de concurso a los de
la oposición para superar ésta.
Desde
el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies llamamos al Gobierno del
Principado y a los representantes legales de los trabajadores públicos a no
repetir las ilegalidades del pasado y a articular procedimientos de
funcionarización transparentes y objetivos en los que se respeten
escrupulosamente los principios constitucionales de igualdad, mérito y
capacidad en el acceso al empleo público, mediante pruebas teóricas y prácticas
que evalúen realmente los méritos y las capacidades de los aspirantes para
acceder a la condición de funcionario.
Para
ello, resulta imprescindible que se reserve la posibilidad de acceder a los
procesos de funcionarización exclusivamente al personal laboral fijo que hubiera
accedido a la Administración Pública
mediante un procedimiento selectivo público, en condiciones de igualdad, mérito y
capacidad.
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