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lunes, 28 de julio de 2014

El Gobierno del Principado pierde la última batalla judicial sobre los nombramientos a dedo




La guerra judicial sobre el abuso de los nombramientos por libre designación (a dedo) acaba de llegar a su final con la derrota definitiva del Gobierno del Principado. El Tribunal Supremo (TS) acaba de notificar la sentencia sobre el último juicio pendiente, fechada el 23 de junio de 2014 (ver aquí), por la que se desestima el recurso de casación interpuesto por el Letrado del Principado contra la sentencia del Trbunal Superior de Justicia del Principado de Asturias (TSJA) de 10 de octubre de 2012, en la que se anulaba la relación de puestos de trabajo aprobada el 6 de septiembre de 2011, a instancia de cinco miembros del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies (ver aquí)

Esta sentencia del TS cierra un ciclo de cinco años marcado por la constantes y reiteradas resoluciones judiciales condenando al Gobierno del Principado por la utilización abusiva y contraria a la legalidad del sistema de nombramientos de funcionarios por libre designación, y por la estrategia suicida de los sucesivos gobiernos  de recurrir en casación las sentencias del TSJA ante el TS con el objeto de ganar tiempo y aprobar nuevas relaciones de puestos de trabajo que incurrían en los mismos vicios de nulidad, a sabiendas de que serían finalmente anuladas por la Justicia: una especie de fraude legal en cadena que fue hinchando la burbuja de los nombramientos  a dedo hasta que explotó definitivamente en el momento en el que el TSJA ordenó la suspensión cautelar del sistema.

En este largo proceso judicial de cinco años, que ha conducido finalmente a la supresión de la práctica generalizada de la libre designación de funcionarios, destacamos los siguientes momentos o hitos fundamentales:
- La primera sentencia dictada por el TSJA el 30 de abril de 2009, que anulaba una Relación de Puestos de Trabajo que  establecía la libre designación como sistema de provisión para la totalidad de Jefaturas de Servicio, Jefaturas de Área y puestos de trabajo equivalentes (ver aquí) 
- La sentencia del TSJA de 30 de abril de 2010, que anula el sistema de libre designación utilizado por la Administración del Principado de Asturias para nombrar a más de 250 puestos de trabajo de Jefes de Servicio, Coordinadores, Asesores, Analistas, Interventores y similares (ver aquí)
- El intento de blindaje legal de los nombramientos a dedo de jefes de servicio y letrados mediante la aprobación por la coalición PSOE-IU de la Ley 14/2010, de 28 de diciembre (ver aquí), cuyo objetivo era eludir el cumplimiento de las sentencias judiciales (berlusconización del poder legislativo asturiano)
- La sentencia del TS de 21 de mayo de 2012, que confirma la anulación de más de 250 puestos de libre designación (ver aquí)
- La sentencia del TSJA de 10 de octubre de 2012, que anula la RPT aprobada el 6 de septiembre de 2011, por utilizar el sistema de nombramiento por libre designación (a dedo) de forma generalizada y sin justificar, en la totalidad de puestos de Jefatura de Servicio y similares, estimando íntegramente el recurso interpuesto por cinco miembros del  Conceyu por Otra Función Pública  n´Asturies (ver aquí). En esta sentencia el TSJA desbarata y echa por tierra el argumento utilizado entonces por el Gobierno de Cascos y, después, por el de Javier Fernández , de que la Ley 14/2010, de 28 de septiembre, aprobada “in extremis” por el Gobierno PSOE-IU para eludir el cumplimiento efectivo de varias resoluciones judiciales, obligaba a designar por libre designación a todas las Jefaturas de Servicio y puestos similares y que no era posible un cambio de criterio sin modificar previamente dicha ley. 
-  El Auto de 8 de enero de 2013 del TSJA, en el que ordena la suspensión cautelar de los nombramientos por libre designación, que hasta entonces se seguían haciendo en flagrante incumplimiento de las sentencias firmes ya recaídas (ver aquí)
- La sentencia del TSJA de 30 de septiembre de 2013, que estima el recurso contencioso - administrativo interpuesto por el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies contra la relación de puestos de trabajo aprobada por el Gobierno de Javier Fernández el 19 de septiembre del 2012, anulando todos los puestos de libre designación de Jefatura de Servicio ( un total de 144 puestos) - ver aquí -

Para el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies los datos y hechos expuestos dejan bien sentado que las prácticas clientelistas de nombramiento a dedo de funcionarios públicos presidieron las tres legislaturas de los Gobiernos de Areces, en solitario y en coalición con IU, se mantuvieron en el breve periodo de Álvarez - Cascos y continuaron durante el Gobierno presidido por Javier Fernández, hasta que fueron frenadas en seco por un auto judicial de suspensión cautelar que pinchó definitivamente la burbuja de nombramientos ilegales que se había venido generando en los últimos años con el reiterado incumplimiento de las resoluciones judiciales que iban anulando todas y cada una de las relaciones de puestos de trabajo aprobadas.

En este sentido, el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies quiere destacar, con especial énfasis, que la limitación de los nombramientos por libre designación que se ha efectuado en la reciente Ley 7/1014, de 17 de julio (ver aquí), es el resultado de la presión judicial sostenida y mantenida durante estos últimos cinco años frente a la contumacia y la reiteración en las prácticas ilegales por parte de los diferentes Gobiernos del Principado, cuya voluntad política ha sido siempre la de mantener un sistema de carrera profesional presidido por el enchufismo, el clientelismo, las recomendaciones y la arbitrariedad.

Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies

2 comentarios:

  1. Enhorabuena y gracias por el empeño que demostráis en vuestras iniciativas. Ojalá otros agentes sociales (léase sindicatos) tuviesen las cosas tan claras.

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  2. Me temo que el gobierno nunca pierde; como mucho empata; al final no ejecuta o lo hace tarde y mal... y para colmo cambia la Ley para poder seguir nombrando personal "directivo" a dedo incluso fuera de la función pública.

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