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jueves, 10 de abril de 2014

LOS PROYECTOS DE LEY DE TRANSPARENCIA Y DE BUEN GOBIERNO SIGUEN TAPANDO A LOS 98 ASESORES DE CONFIANZA DEL PRINCIPADO






Los principios de transparencia, publicidad e información pública que con tanto énfasis se mencionan en los proyectos de ley del Principado de Asturias de Transparencia (ver aquí) y de Buen Gobierno (consultar aquí) siguen exceptuando a los asesores de confianza política, cuya identidad se mantiene protegida como si se tratara de una información reservada sujeta a algún secreto de Estado cuya finalidad desconocemos.

El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies ya denunció públicamente en el mes de febrero del año 2013 que existían un total de 98 asesores de confianza cobrando con cargo a los Presupuestos Generales del Principado de Asturias (ver aquí), cuyo nombramiento se mantenía en secreto, es decir, sin publicar en el Boletín Oficial. También decíamos entonces y reiteramos ahora, que la omisión de la publicación de los nombramientos de este personal eventual conduce a la inadmisible situación de que los asesores del Presidente del Principado y los jefes de gabinete y asimilados de los Consejeros sean los únicos “altos cargos” que gozan actualmente del privilegio del anonimato. ¿Con qué garantías se puede controlar el cumplimiento del régimen de incompatibilidades de unos asesores cuya identidad se mantiene en la sombra?

Pues bien, la opacidad y el oscurantismo sobre la identidad de los asesores políticos se mantiene intacta en los proyectos de ley del Principado de Asturias de Transparencia y de Buen Gobierno que actualmente impulsa el Gobierno de Asturias a bombo y platillo. Según dispone el artículo 2 del Proyecto de Ley de Buen Gobierno el personal eventual del gabinete del Presidente y los Jefes de Gabinete de los titulares de las Consejerías tienen la condición de “altos cargos” y están sometidos al régimen de incompatibilidades, conflictos de intereses y demás normas de transparencia de intereses, actividades y patrimonio que los miembros del Gobierno de Asturias.

Sin embargo, la única información institucional obligatoria en relación con esos asesores políticos es la que impone el artículo 13, letra b) del proyecto de Ley de Transparencia: el número, nivel y retribuciones de cada puesto de trabajo, sin obligación alguna de publicar los nombramientos.

El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies vuelve a insistir en que la omisión de la publicación de los nombramientos de este personal eventual conduce a la inadmisible situación de que los asesores del Presidente del Principado y los jefes de gabinete y asimilados de los Consejeros sean los únicos “altos cargos” que gozan actualmente del privilegio del anonimato. ¿Con qué garantías se puede controlar el cumplimiento del régimen de incompatibilidades de unos asesores cuya identidad se mantiene en la sombra?

¿Cómo se puede controlar, de forma real y efectiva, el cumplimiento del régimen de incompatibilidades de los asesores de los diputados de la Junta General del Principado, si se mantienen ocultos y escondidos en la trastienda?. ¿De qué transparencia no están hablando el Gobierno y los señores y señoras diputados/as?

No cuelan ya más coartadas para seguir tapando la identidad de los 98 asesores políticos del Principado. ¿Qué esconden esos nombramientos para que se acompañen de tanto secreto?

¡Transparencia ya!

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