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jueves, 28 de junio de 2012

El Gobierno del Principado presupuestó más de 42 millones de euros para gastos informáticos y de comunicaciones


El Programa 121 D de los presupuestos generales del Principado de Asturias del año 2011, prorrogados en el actual ejercicio 2012, referido a "sistemas de información y comunicaciones", refleja un gasto superior a los 31 millones de euros ( excluyendo los 4 millones de euros de gastos de personal asignados a este programa)

En este programa se incluyen, entre otras partidas siginificativas, las siguientes:
- 5 millones de euros para gastos de reparación y conservación de equipos
- 9 millones de euros en gastos de adquisición de material y suministros
- 7 millones de euros en concepto de trabajos realizados por empresas externas
- 12 millones de euros  en inmovilizaciones inmateriales
- 12 millones de euros en aplicaciones informáticas

A esta cifra de 31 millones de euros debe sumarse otra de más de 11 millones de euros correspondiente al Capítulo 2 - Gastos corrientes - en el subconcepto 222  "comunicaciones" ( gastos en telefonía y otros similares), en el que se incluyen los gastos específicos en comunicaciones de las diferentes Consejerías ( por ejemplo, la de Justicia con más de 2 millones de euros o la de Educación, que supera los 2,5 millones de euros)

Sumando ambas partidas, el Gobierno del Principado presupuestó para el año 2011 más de 42 millones de euros para gastos informáticos y de comunicaciones, cifra que parece manifiestamente desproporcionada y que exige una explicación exhaustiva y suficientemente detallada.

Por ello, desde el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies instamos a los grupos parlamentarios de la Junta General del Principado a impulsar una Comisión específica que analice, clarifique y , en su caso, imponga la necesaria racionalidad y ecuanimidad presupuestaria en una materia que precisa con urgencia de "luz y taquígrafos"

Porque  más de 42 millones de euros en informática y comunicaciones no pueden pasar como  gastos desapercibidos. Especialmente, en un momento en que el Gobierno del Sr. Fernández anuncia el despido de mil trabajadores interinos, medida de corte netamente clasista porque se ceba sobre la precariedad de la relación laboral de estos empleados públicos, mientras mantiene intacta una estructura administrativa inflada con cientos de puestos de confianza, perfectamente prescindibles, de asesores, coordinadores y asimilados (a esta cuestión dedicaremos el próximo comunicado)


La Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies

viernes, 22 de junio de 2012

El Principado destina más de 16 millones de euros a gastos de protocolo, propaganda, reuniones y otros fines asimilados



El Gobierno del Principado, la Junta General, el Consejo Consultivo, la Sindicatura de Cuentas y la Procuradora General,  gastan al año más de 16 millones de euros (más de 2.600 millones de las antiguas pesetas) en atenciones protocolarias, información y publicidad, edición y difusión de publicaciones, reuniones y conferencias, cursos de formación de personal  y otros gastos asimilados, agrupados bajo  el concepto de “gastos diversos”

Así lo acreditan los presupuestos generales del Principado de Asturias del año 2011, prorrogados para el actual ejercicio del 2012, que incluyen en el Capítulo 2, dedicado a los gastos corrientes, un subconcepto (2.2.6) con la denominación de gastos diversos, integrado por partidas presupuestarias destinadas a los fines señalados.

Son datos muy significativos del nivel derroche alcanzado por los Organismos Públicos asturianos los siguientes:
-         La Junta General destina 632.300 euros a dichos gastos, la Sindicatura de Cuentas 261.500 y la Procuradora General  312.000 euros
-         La Consejería de Bienestar Social y Vivienda y la Consejería de Cultura gastan, cada una de ellas,  más de un millón y medio de euros en gastos diversos
-         El Instituto de Administración Pública Adolfo Posada tiene asignado para estos gastos 3.829.782 euros. En este montante se incluyen cerca de tres millones de euros para el gran negocio de los cursos de formación del personal, que ha crecido exponencialmente en los últimos años con la coartada de la implantación de la mal llamada “carrera profesional", hasta convertirse en  un enorme “pesebre” para el reparto de dinero entre empresas del ramo, funcionarios de elite, jueces etc.
-          La Consejería de Hacienda y Sector Público gasta 264.760 euros en información y propaganda sobre "modernización de la Administración"

El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies (COFPA) considera manifiestamente obsceno y escandaloso el nivel de gasto público alcanzado en actuaciones de publicidad y propaganda política y en programas de formación del personal absolutamente inflados, especialmente en un momento en el que se plantean recortes antisociales de servicios públicos esenciales como la educación o la sanidad.

Se trata de la segunda denuncia que COFPA hace en los últimos días sobre el mal uso del dinero público, que se añade a la relativa a los cinco millones de euros gastados en la contratación a dedo de personal de gabinete de los cargos políticos.

Por ello, instamos a las organizaciones sindicales y a las asociaciones cívicas independientes a manifestar el rechazo activo y contundente a las medidas de recorte de gastos anunciadas y a exigir al Gobierno del Sr. Fernández otra política de gasto público, menos derrochadora y suntuaria y más solidaria, equitativa y garantista del sistema de servicios públicos vigente.


La Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies

viernes, 15 de junio de 2012

El TSJ de Asturias exige al Principado la ejecución de la sentencia que anula 161 puestos de jefatura de servicio de libre designación


Se acabaron las excusas. El Tribunal Superior de Justicia, en resolución de 12 de junio - notificada en el día de hoy - requiere al Principado de Asturias para que ejecute la sentencia firme de ese Tribunal de 30 de abril de 2009 (confirmada por el Tribunal Supremo en sentencia de 14 de julio de 2011), en la que se anula el sistema de nombramiento de libre designación - a dedo - en 161 puestos de Jefatura de Servicio y de Área, estimando el recurso interpuesto por varios miembros del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies.

Esta resolución judicial pone de manifiesto, como venía defendiendo el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies, que la Ley 14/2010, aprobada por la Junta General con el objeto de bloquear el cumplimiento de las sentencias judiciales que anulaban el uso generalizado y abusivo de dicho sistema, debía ser interpratada de conformidad con el Estatuto Básico del Empleado Público y con la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Ello supone que el uso del sistema excepcional de nombramiento de libre designación debe justificarse caso a caso y puesto a puesto, en función de la concurrencia de elementos de confianza y especial responsabilidad, y que no cabe emplearlo de forma generalizada para una determinada categoría de puestos de trabajo (jefaturas de servicios, letrados etc.)

Asimismo, el requerimiento que ahora formula el TSJA al Principado de Asturias desvela  que el Gobierno de Cascos utilizó la Ley 14/2010, aprobada in extremis por la coalición PSOE-IU, como excusa para no cumplir con sus promesas electorales.

Finalmente, la resolución judicial que hoy se conoce pone al actual Gobierno del Sr. Fernández y a UPyD ante la prueba de fuego de cumplir inmediatamente con uno de los compromisos adquiridos en el pacto de legislatura suscrito por ambos partidos, en el que se recoge como medida de regeneración administrativa la de reducir los puestos de libre designación al mínimo imprescindible.

Toca ahora exigirles el cumplimiento de lo pactado, sin maniobras dilatorias extravagantes


REQUERIMIENTO JUDICIAL

miércoles, 13 de junio de 2012

El Principado gasta cinco millones de euros en el personal de gabinete de los cargos políticos


El Gobierno del Principado de Asturias, la Junta General, la Procuradora General y la Sindicatura de Cuentas, gastan cerca de cinco millones de euros al año en los salarios del  "personal eventual de gabinete". Esta cifra resulta de sumar las diferentes partidas que se recogen en los presupuestos generales del año 2011, prorrogados para el actual año 2012, que ascienden a un total de 4.897.001 euros por dicho concepto (800 millones de las antiguas pesetas)

Entre las concretas partidas destinadas al pago de este clase de personal, destacamos los 870.910 euros asignados a la Presidencia del Principado, los 594.000 euros que gasta la Procuradora General y el 1.770.000  euros que gasta la Junta General en 47 asesores de los grupos parlamentarios.

Recordamos que el personal de gabinete está integrado por los asesores de confianza del Presidente, consejeros y diputados, contratados a dedo por criterios de estricta confianza partidista, sin superar prueba objetiva alguna para su selección.

Se trata de un gasto absolutamente desorbitado e injustificable, especialmente en un momento en el que se imponen unilateralmente políticas de ahorro de costes, mediante recortes de las plantillas de personal vinculadas a servicios públicos esenciales como la sanidad o la educación, y se plantean nuevas reducciones salariales para los empleados públicos.

Conviene advertir que este tipo de personal de confianza responde, fundamentalmente, a la función de agencias de colocación que cumplen los partidos políticos respecto a los miembros de sus aparatos y a estrictas necesidades de propoganda política, perfectamente prescindibles.

El Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies recueda que en el pacto de legislatura suscrito por el PSOE y UPyD, ambas formaciones políticas se comprometieron a reducir el número del personal de gabinete y a hacer públicos sus nombramientos y retribuciones (hasta ahora el número de estos asesores, su identidad y el sueldo que perciben, se mantiene en secreto)

En consecuencia con lo pactado, exigimos al Gobierno del Principado que, en su anunciada política de recortes en el empleo público, de prioridad a la reducción de gastos del personal de confianza política, limitando significativamente su número y recortando sus retribuciones.

A esta medida de ahorro pueden añadirse otras como el recorte de los gastos del negocio de la formación vinculado al Instituto Adolfo Posada, la reducción del entramado gerencial de empresas y fundaciones públicas, la supresión del complemento salarial de alto cargo o la dismunición de los sueldos de los cargos políticos.

Estamos convencidos de que el importe resultante de estas decisiones concretas de disminución de costes sería cuantitavivamente muy siginificativo y permitiría mantener las plantillas de personal en su situación actual, garantizando de este modo la suficiencia y calidad de los servicios públicos.

En los próximas días daremos cuenta de otras medidas de recorte de gasto público superfluo, del que puede prescindir el Gobierno de Asturias sin lesionar los derechos sociales de la sociedad asturiana.

La Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies

lunes, 11 de junio de 2012

La desaparición de un atestado, el último escándalo en la Policía Local de Oviedo


Revista Atlántica XXII

Un conductor, aparentemente borracho, atropelló el pasado 13 de enero a un peatón en Oviedo. Intervino la Policía Local, pero su atestado nunca llegó al Juzgado. Los agentes instruyeron diligencias y retuvieron al conductor, que intentaba darse a la fuga y se negó a efectuar la prueba de alcoholemia, pero el caso no llegó a la Justicia por la extraña desaparición de un documento público que ahora han denunciado los sindicatos. El SIPLA ha presentado una querella criminal y UGT ha puesto el caso en manos de la Fiscalía. Fuentes sindicales indicaron a ATLÁNTICA XXII que sospechan de la relación entre el conductor y la cúspide de la jerarquía en la Policía Local ovetense. El peatón atropellado no sufrió heridas de gravedad.

Este es el último escándalo relacionado con la Policía Local de la capital asturiana, un cuerpo continuamente en entredicho, dirigido por un antigüo confidente de la Brigada Político Social durante el franquismo, Agustín de Luis. Este policía salmantino, que entonces era estudiante universitario en Oviedo, es conocido por su vehemencia y su autoritarismo. Ha estado al frente de la Policía Local ovetense desde la restauración democrática, con alcaldes de UCD, PSOE y PP.

En estos años ha formado en el cuerpo un grupo de afines, cuyas prácticas han sido denunciadas a menudo por sus propios compañeros, y también un importante patrimonio económico e inmobiliario.
ATLÁNTICA XXII publicó en su número 13, en marzo de 2011, un reportaje sobre la Policía Local de Oviedo y su jefe, que parecen tan indisociables como continuo objeto de polémica. A continuación, reproducimos el mismo.

Oviedo, una policía que da miedo

NOTICIA ÍNTEGRA

sábado, 2 de junio de 2012

Concursos trucados



Javier Álvarez Villa

El concurso de méritos sólo merece ese nombre cuando sus bases permiten una concurrencia competitiva real entre los participantes – no la meramente formal de poder presentarse a la convocatoria –. Si los méritos que se valoran, el baremo empleado para ello o el método utilizado para acreditar la formación y los conocimientos, benefician exclusivamente a uno de los aspirantes, relegando al resto de candidatos a meros comparsas, o dificultan la competencia más allá de lo razonable, entonces el principio de igualdad en el acceso a los puestos de trabajo del sector público – un derecho fundamental, no conviene olvidarlo – se convierte en su reverso, el método de la discriminación y de los privilegios.

Sin condiciones de igualdad los concursos de méritos son un paripé, es decir, una simulación o acto hipócrita. Esta es la situación por la que ahora pasan en la Administración del Principado de Asturias, resultado de un largo proceso de degradación de la gestión política y administrativa del empleo público, en el que nada es casual.

La peor de las consecuencias de este emponzoñamiento de la Función Pública asturiana no es quizá, como a primera vista pudiera pensarse, la destrucción de un sistema de carrera profesional objetivo, transparente e imparcial, con todos los efectos negativos, suficientemente conocidos y reiteradamente probados, que esa demolición programada provoca en la gestión pública. Más grave nos parece, sin embargo, la deslegitimación ética de la Administración Pública frente a la sociedad,  fruto de la doble moral o “ley del embudo” que sistemáticamente practica: en la organización y funcionamiento de sus recursos humanos orilla y desprecia la legalidad con total impunidad, pero en sus relaciones con los ciudadanos exige el estricto cumplimiento de las normas, con especial celo en la aplicación de los instrumentos punitivos – al menos, a quienes no tiene el poder y/o la influencia para esquivar la acción del aparato sancionador –

¿Qué legitimidad ética puede tener la Administración asturiana para exigir ejemplaridad a los ciudadanos en sus obligaciones fiscales, laborales, urbanísticas etc., si el ejemplo que ofrece en su propio funcionamiento interno – al menos, en la gestión de su patrimonio más importante, que son sus trabajadores - es el de la anomia, el desprecio de la legalidad y el fraude de ley?

Doble moral, actuación hipócrita. Pero volvamos a los concursos de méritos para hacer un breve recorrido por el proceso que ha conducido a esta situación:    

1. Hasta hace apenas  cinco años, los concursos se adulteraban por el uso fraudulento de los nombramientos provisionales en comisión de servicios. Hablamos de fraude generalizado – o de desviación de poder, que es lo mismo, pero con un nombre más técnico – porque casi nunca se cumplía con los dos requisitos objetivos que definen el perfil legal de esta forma excepcional de nombramiento: la extraordinaria y urgente necesidad para cubrir la vacante y el límite temporal máximo de duración – un año en la Ley asturiana de Función Pública de 1985 que, complementariamente, imponía a la Administración la obligación de convocar la plaza en ese tiempo –

La realidad era bien distinta a la prescrita por la Ley: los nombramientos en comisión de servicios se eternizaban y los puestos vacantes no se sacaban a concurso en el plazo de un año. Cuando al cabo de los años la Administración  se dignaba a convocar los puestos vacantes, los méritos específicos adquiridos durante ese tiempo por el nombrado digitalmente se computaban y baremaban en su totalidad, por lo que aquél contaba con una considerable ventaja de partida sobre sus posibles competidores, escasamente respetuosa con el principio de igualdad.

Aun así, en la etapa de  la que hablamos la concurrencia competitiva – aunque muy restringida y condicionada por las razones señaladas – todavía era posible. Y ello, porque la valoración de los méritos específicos del puesto era un apartado dentro del concurso de méritos que no podía exceder en ningún caso del 40 por 100 de la puntuación máxima total -Decreto 22/1993, de 29 de abril-

Las posibilidades de un candidato para obtener por concurso de méritos un puesto de trabajo que ya estaba ocupado por otro aspirante en comisión de servicios durante varios años eran escasas, pero no imposibles. La Administración asturiana demostraría, con el paso del tiempo, que era capaz de suprimir totalmente la competencia.

En este estado de cosas, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 12 de noviembre de 2007, introdujo una alta dosis de sentido común en la valoración de los méritos, con la intención de restablecer, en lo posible, las mínimas condiciones de igualdad exigibles para que pudiera existir una concurrencia competitiva real. La sentencia en cuestión razona de forma impecable que si los nombramientos en comisión de servicios tienen un plazo máximo legal de duración, lo justo es que los méritos específicos adquiridos con motivo de esos nombramientos provisionales no puedan exceder de ese tope legal.

Se trataba de impedir que por la vía de la prolongación ilícita de las comisiones de servicios se desvirtuaran después los principios de igualdad, mérito y capacidad cuando los puestos vacantes se sometieran a concurso para su provisión.

La argumentación y las consecuencias de la sentencia, particularmente loables en un mundo judicial propenso a la tolerancia con las desigualdades, parecían abrir un camino franco para la mejora del sistema de carrera profesional objetiva en la Administración asturiana. Pero, por entonces, no contábamos con que el grado de iniquidad que era capaz de alcanzar el poder – o mejor, su personificación – para controlar de forma partidista y/o arbitraria el empleo público,  llegaría tan lejos. Veamos.

2. Uno o varios necios henchidos de soberbia administrativa y protegidos por manos amigas más poderosas, dedujeron que era posible cumplir las resoluciones judiciales riéndose de la Justicia. Una deducción en la lógica de aquél cinismo funcionarial tan extendido entre ciertas élites de que cualquier solución puede ser defendible en Derecho, siempre que se envuelva con la formalidades convenientes.

Así las cosas, alguien que se creía muy astuto tuvo la ocurrencia de que si no podían valorarse los méritos específicos obtenidos en comisión de servicios por más tiempo del legalmente permitido para estos nombramientos – un año o, según algunos, dos -, se atribuiría la totalidad de los puntos asignados en ese concepto a los candidatos nombrados provisionalmente durante ese plazo máximo legal. “Si sólo se me pueden computar dos años como máximo, entonces que me den todos los puntos”, y así se hizo.

Un observador imparcial y no contaminado por los intereses personales en juego, hubiera concluido fácilmente que no podía ser muy legal un criterio de valoración que otorgaba la misma puntuación a un funcionario que podía acreditar treinta años de experiencia en el desempeño de las funciones propias de un puesto de trabajo, que a otro que sólo podía justificar dos años en comisión de servicios.

Y así lo vieron prontamente los Juzgados de lo contencioso – administrativo, que fueron anulando hasta tres concursos de méritos sucesivos convocados con tan peculiar criterio de valoración de los méritos específicos, sin que nadie asumiera la más mínima responsabilidad por las lamentables consecuencias de este desaguisado. Pero todavía quedaba lo peor.

3. En una mezcla compuesta de soberbia, prepotencia y terquedad a partes iguales, el Gobierno asturiano de la época se propuso llevar su rebeldía frente a las resoluciones judiciales hasta límites extremos. Y para ello nada mejor que dar un golpe de mano, apoyándose en su mayoría parlamentaria – con el voto favorable, por cierto, del actual presidente del Principado-, mediante una legalización de todas las irregularidades declaradas por sentencias firmes de la Justicia.

El producto, una ley de “blanqueo” en la línea instrumental del régimen político berlusconiano – Ley 14/2010, de octava modificación de la Ley de la Función Pública asturiana -, encabezada por una Exposición de Motivos delirante. En ella, el Gobierno presidido entonces por el Sr. Álvarez Areces, expresa por boca de la Junta General, su queja resentida por la “judicialización” del empleo público que habría tenido que padecer injustamente en los últimos años, condenando sus efectos perniciosos y prometiendo que con el blindaje legal que allí se estaba perpetrando, tales circunstancias no se volverían repetir.

Esta es la voluntad del legislador: “Tuvimos juicios y perdimos, pero ya no volveremos a tener más”

Por lo que respecta a los concursos de méritos, la gran aportación de la “ley de blanqueo” fue la obligación de acreditar los conocimientos profesionales específicos para el desempeño de un puesto mediante alguno o algunos de los siguientes sistemas: la presentación y defensa de memorias sobre el contenido, organización y funciones del puesto de trabajo a cubrir, la práctica de entrevistas o la realización de pruebas específicas relacionadas con el desempeño de las tareas propias de los puestos de trabajo a los que la convocatoria se refiera.

Pero si los puestos vacantes que se sacan a concurso ya se encuentran ocupados y desempeñados por un candidato durante varios años, ¿qué otro aspirante, salvo aquél, va a estar en condiciones de elaborar y defender una memoria sobre las funciones, contenido y organización del puesto?

Se cierra así el proceso de la desactivación completa y total de la concurrencia competitiva. Llegamos a su fase final: los concursos trucados.

4. Este es el sistema de carrera administrativa “vertical” que hoy padecen los funcionarios públicos del Principado de Asturias. Un sistema en el que la provisión de los puestos de menor responsabilidad en la jerarquía administrativa – jefaturas de negociado y de sección – obliga a pasar por la pomposa prueba de la presentación y defensa de una memoria, mientras que para los nombramientos en los puestos de la máxima responsabilidad –jefaturas de servicio y similares – sólo cuenta el requisito objetivo de la “confianza personal” (dedo) del político elector en el candidato elegido.

Esos mismos jefes de “confianza” son lo que ahora, en las comisiones de valoración, hacen las preguntas sobre las memorias a los aspirantes a una modesta plaza de jefe de negociado.

Un mundo al revés, anticipado en aquella viñeta hiperrealista de El Roto, en la que un hombre apesadumbrado exclamaba: ¡están organizando una meritocracia al revés, el ascenso de los peores!

Coda final. Este proceso de demolición controlada de una carrera profesional objetiva, transparente e imparcial de los empleados públicos, no sería posible si existiera una oposición expresa, articulada y contundente de los trabajadores.

Podrá objetarse que esa tarea correspondería a las organizaciones sindicales y es cierto. Pero si se admite que la dejadez y la colaboración del “sindicalismo institucionalizado” con las prácticas clientelares del poder, por acción u omisión, ha sido y es una de las causas fundamentales del problema, quedaría escaso margen para una acción sindical unitaria seria.

Es verdad que en la Administración asturiana han cobrado fuerza, en los últimos años, sindicatos alternativos que han denunciado, sin sordina, la gravedad de la situación y han ejercido una buena parte de las acciones judiciales que sirvieron, entre otros fines loables, para destapar ante la opinión pública la verdadera cara del poder político asturiano en su infatigable tarea de manipulación partidista de la Función Pública.

Pero este trabajo no es suficiente. No elegimos a los representantes sindicales sólo para que hagan de reporteros de la realidad o para que ganen pleitos en los Juzgados y luego nos cuenten con resignación que en el Principado nadie les hace caso.

Hubo otro tiempo en el que otra acción sindical era posible y, además, se hacía. Cómo ahora se sigue haciendo en otros sectores laborales.

Para cambiar el sistema deleznable de las memorias en los concursos no basta con convocar dos concentraciones de funcionarios a cuatro días de unas elecciones y luego desaparecer del mapa, ni con difundir un documento de medidas de cambio. Desde entonces ha pasado ya más de un año, han desfilado dos gobiernos y el disparate de los concursos continúa su curso inexorable, ante la mirada contemplativa de nuestros representantes sindicales.

Otra acción sindical sigue siendo posible y necesaria, quizá con algún riesgo, pero también hubo una época en la que arriesgarse, aunque fuera solo un poco, formaba parte del contenido necesario de ese digno trabajo.

No hace tanto que dos sindicalistas asturianos de larga y honrosa trayectoria fueron encarcelados en Villabona por una menudencia.