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domingo, 9 de octubre de 2011

Intervención del Viceconsejero de Sector Público en la Junta General del Principado de Asturias


Diario de Sesiones de la JGPA
13/09/2011


Intervención de Luis de la Vallina, Viceconsejero de Sector Público, en relación con los objetivos del Gobierno en la materia de Función Pública:

"En materia de función pública, el objetivo consiste en dignificar la figura del funcionario motivando e implicando al trabajador público en su tarea, lo cual redundará en una mayor profesionalización, y, por ello, en una más eficaz prestación del servicio público que tienen encomendado. Para ello se pretende la introducción de un principio de transparencia y establecimiento de criterios objetivos en la gestión de personal, introduciendo criterios y mecanismos que permitan al personal al servicio de la Administración del Principado una planificación de la carrera profesional, para lo cual estableceremos garantías en los sistemas de acceso a la función pública ajustados a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad mediante el establecimiento de bases objetivas en los sistemas de acceso.

Generalizaremos el concurso de méritos como procedimiento ordinario de provisión de puestos de trabajo, limitando la libre designación a supuestos excepcionales debidamente justificados.

Negociaremos y aprobaremos una relación de puestos de trabajo y un catálogo en el que se contenga una configuración de cada uno de ellos, acorde con su contenido funcional y la responsabilidad asumida, eliminándose los puestos singularizados, salvo en aquellos casos debidamente justificados. Para ello, finalizaremos la elaboración de las fichas de todos los puestos de trabajo en las que se recogen las características y funciones de cada uno, de modo que sirvan de referencia para la fijación y valoración de los méritos de cara a los concursos.

Estableceremos estructuras administrativas conforme a la configuración de unidades mediante una línea jerárquica que suponga una ágil y eficaz actuación y una clara asignación de responsabilidades, evitando puestos configurados ad personam, al margen de la línea jerárquica: negociados, secciones y servicios.

Aprobaremos unas bases comunes de carácter general para cada grupo de funcionarios que permita su previo conocimiento sin perjuicio de los méritos específicos que se puedan establecer para cada puesto de trabajo aplicables a los concursos.

Una vez aprobada la nueva relación de puestos que resulte de los procedimientos judiciales abiertos en esta materia, se convocará el correspondiente concurso, el cual tendrá una periodicidad anual, planteando la posibilidad de efectuar una desconcentración en favor de las distintas consejerías, a fin de permitir una más sencilla tramitación de los concursos e impedir que una posible incidencia judicial en un concurso contamine a los restantes.

Se desarrollarán procesos de funcionarización voluntaria y promoción horizontal del personal laboral, lo cual permitirá, al mismo tiempo, el cumplimiento de sentencias judiciales pendientes, como es la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de 13 de diciembre del año 2010.

Los nombramientos provisionales en comisión de servicio serán exclusivamente por razones de extraordinaria y urgente necesidad, debiendo indicar, finalmente, que el acceso a cualesquiera puestos dependientes de empresas y organismos públicos, cualquiera que sea su naturaleza y configuración legal, se realizarán mediante procedimientos que garanticen los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, estableciéndose limitaciones en la retribución y en las indemnizaciones a percibir en los contratos suscritos sujetos al Real Decreto 1.382/1985, que deberán quedar limitados a siete días de salario en el caso de personal ajeno a la Administración del Principado de Asturias, y de renuncia de toda indemnización en aquellos casos en los cuales se trate de personal laboral o funcionario del Principado, debido a la posibilidad de reingreso dentro de este"

Turno de preguntas:

" La señora BARRIENTOS ÁLVAREZ:
En materia de personal, creí oírle decir al señor Viceconsejero —permítame, porque, a lo mejor tengo alguna imprecisión en las preguntas, dada la rapidez con que expuso los temas‑, el sistema ordinario de provisión de los jefes de servicio era, creo recordar, el de concurso de méritos y, excepcionalmente, el de libre designación. Es correcto, ¿ verdad? Porque es, por otro lado, lo que dice su programa electoral.

El señor VICECONSEJERO DE SECTOR PÚBLICO (De la Vallina Martínez de la Vega): Creo recordar que el programa electoral dice que la forma normal de provisión de puestos de trabajo será el sistema de concurso de méritos, y que solamente en casos extraordinarios, debidamente justificados o especiales debidamente justificados, podrá aplicarse el sistema de libre designación.

Pretendemos llevar a cabo la aplicación a rajatabla de este principio. En el caso de los jefes de servicio, habrá que ir examinando jefatura de servicio por jefatura de servicio. Existirán jefaturas de servicio en las que, en atención a las funciones que tienen encomendadas, sea posible llevar a cabo la aplicación del sistema de concurso de méritos, pero existirán otras jefaturas de servicio que por las especiales características del puesto, no será posible y tendrá que mantenerse el sistema de libre designación actualmente establecido en norma de rango legal.

Por eso, en este momento yo no puedo decirle cuáles van a ser unos y cuáles van a ser otros, sino que debemos esperar al desarrollo de la RPT a que nos hemos comprometido, y en ella se determinarán qué casos se ocupan por un sistema y en qué casos se ocupa por otro.

La señora BARRIENTOS ÁLVAREZ: ¿ Sabe por qué se lo pregunto? Porque sabe usted, sin duda muchísimo mejor que yo, que están en fase de ejecución o de cumplimiento las sentencias reiteradas del TSJ que precisamente propugnan este principio, frente a vulneraciones, a nuestro entender, de otras etapas, y eso lo pongo en relación —de paso, le pregunto si se van a cumplir o a ejecutar estas sentencias relativas a jefes de servicio—con la Relación de Puestos de Trabajo, que parece ser que por parte del equipo de Gobierno actual se pasó a los sindicatos que el sistema de provisión de jefes de servicio seguía siendo el de libre designación. Esto yo no sé si está mal o bien, pero yo lo veo en la prensa y no me consta que haya salido nadie del equipo de Gobierno a decir lo contrario. Si esto no es así, me imagino que usted ahora lo negará.

El señor VICECONSEJERO DE SECTOR PÚBLICO (De la Vallina Martínez de la Vega): Por informar a Su Señoría.
Inicialmente el sistema de cobertura de los puestos de jefe de servicio se establecía su regulación a través de una norma reglamentaria. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en diferentes sentencias —30 de abril de 2010, del recurso contencioso-administrativo 79/2008; en la de 21 de octubre de 2010, en el recurso contencioso-administrativo 1.753/2008, y 11 de noviembre de 2010, en el recurso contencioso-administrativo 1.364/2009—, estableció que el sistema de cobertura por procedimiento de libre designación de los puestos de jefe de servicio no resultaba ajustado a Derecho.

Para evitar este sistema, se aprobó—usted lo sabrá, lo sabrán los miembros de su Grupo Parlamentario, porque formarían parte de la Cámara—, se aprobó la Ley 14/2010, de 28 de diciembre, en donde se establece el sistema, donde se establece como sistema de cobertura de los puestos de jefatura de servicio el procedimiento de libre designación. Actualmente esta es la normativa aplicable.

 Y es la normativa que forzosa y obligatoriamente debemos aplicar. Si aplicásemos un sistema de cobertura distinto, la Administración del Principado de Asturias estaría incurriendo en una ilegalidad. La única forma posible de llevar a cabo la aplicación del sistema de concurso de méritos, como me está reclamando, es llevar a cabo una modificación legislativa. En este momento no podemos aplicar otra forma. Que los sindicatos hayan dicho: “El Gobierno está cubriendo las jefaturas de servicio a través de la aplicación de un sistema de libre designación”. Efectivamente, lo hemos hecho. Pero lo hemos hecho porque no podíamos aplicar otro sistema, no era posible llevar a cabo la aplicación de un concurso de méritos en tanto no se produzca esa modificación legislativa. Le insisto, en el momento en que se elabore la nueva RPT, simultáneamente habrá que impulsar un procedimiento de modificación de la norma aplicable con rango de ley que permita optar, en su caso, entre la aplicación de un sistema de concurso o un sistema “digital”, como se habla vulgarmente dentro del ámbito administrativo. Pero hasta ese momento el sistema es el que es y no podemos optar por uno o por otro, sino simplemente aplicar lo dispuesto dentro de la ley.

La señora BARRIENTOS ÁLVAREZ: Bien. Queda contestado. O sea, tienen intención, lógicamente, de la modificación, de hacer modificación de ley en este sentido, ¿ verdad?

El señor VICECONSEJERO DE SECTOR PÚBLICO (De la Vallina Martínez de la Vega): No me malinterprete mis palabras o no ponga en mi boca palabras que yo no he dicho, Señoría. Yo simplemente le he dicho...

La señora BARRIENTOS ÁLVAREZ: No, le digo en coordinación con su programa, claro, electoral.

El señor VICECONSEJERO DE SECTOR PÚBLICO (De la Vallina Martínez de la Vega): ...que examinaremos las características, las funciones propias de cada una de las jefaturas de servicio. Personalmente, entiendo que, en la medida en que lo podamos canalizar, lo haremos. Pero que existen jefaturas de servicio que, por sus especiales características y funciones, no permitirán la aplicación de ese sistema. Y por ello, siendo necesario un examen una por una de cada una de las jefaturas de servicio, en este momento no puedo dar una opinión de cuáles van a ser cubiertas por un proceso y cuáles van a ser cubiertas por el otro.

La señora BARRIENTOS ÁLVAREZ: Bien. Yo creo que haremos la correspondiente pregunta por escrito. Y seguro que vamos a tener respuesta por escrito también en cuanto a jefes de servicio, pero jefes de sección y jefes de negociado para ver en qué términos o de qué modo se cumplen las sentencias, que, como usted sabe perfectamente, hay reiteradas también en este sentido.
Bien. Hablaban también, en este caso, del Instituto Adolfo Posada. Preguntábamos, bueno, pues los supuestos excepcionales de concurso-oposición, o sea, hay..., es el sistema general, la excepcionalidad sería el concurso-oposición, en este caso, no lo sé, o la libre designación, todo esto haremos información por escrito. Pero mire, dentro de la... de los planes de choque, que digo yo o decimos nosotros que también afectarán al personal dentro de su Consejería, lo que sí querríamos saber es si aquellas plazas de personas que están jubiladas van a ser amortizadas, y aquellas plazas de personas que, están, en este caso, en baja, no van a ser cubiertas.
Bueno, me da lo mismo Consejero que Viceconsejero.

El señor VICECONSEJERO DE SECTOR PÚBLICO (De la Vallina Martínez de la Vega): Vamos a ver, yo lo primero que tengo que decirle es que las plazas de las personas que están jubiladas no son plazas de nadie. La plaza es un órgano, forma parte de la Administración, y el jubilado ya no está integrado dentro de ella.

La señora BARRIENTOS ÁLVAREZ: Usted me entiende perfectamente.

El señor VICECONSEJERO DE SECTOR PÚBLICO (De la Vallina Martínez de la Vega): No, bueno, pero lo que le quiero decir es que cuando se elabore esa RPT, ese es el momento en que hay que analizar todas y cada una de las características de la organización administrativa del personal. En ese momento, si se verifica la existencia de plazas vacantes que resultan innecesarias, se procederá, evidentemente, a su amortización, con el consiguiente ahorro económico. Pero es necesario profundizar en el análisis de la necesidad de todas y de cada una de las plazas. No se puede establecer un programa de carácter general: “Vamos a suprimir todas las plazas que se encuentren en el momento en que elaboremos las RPT vacantes”. Tendremos que analizar una por una, Señoría. No le puedo decir otra cosa.

La señora BARRIENTOS ÁLVAREZ: Entonces, voy a hacerle la pregunta de otra manera. ¿ Tienen pensado medidas de reducción de déficit en materia de personal dentro del plan de choque? El plan de choque no hablamos nosotros, se lo recuerdo, ¿ eh?, que desde julio se anunció un plan de choque por cada Consejería, específico. Y dentro de esta Consejería está el personal. Yo única y exclusivamente le pregunto eso. También es cierto que a lo mejor lo dejan para la elaboración de RPT y luego verán. Sólo le hago esa pregunta.

El señor VICECONSEJERO DE SECTOR PÚBLICO (De la Vallina Martínez de la Vega):Señoría, vamos, si me permite, sin perjuicio de que tú intervengas luego, vamos a ver.
En materia de personal se han iniciado varias actuaciones tendentes al recorte del gasto público. La primera de ellas, que ya se la expuso con anterioridad el Consejero, fue la reducción del número de Consejerías, Viceconsejerías, Direcciones Generales y Servicios. En segundo lugar, dando cumplimiento a la promesa hecha por el Presidente del Gobierno del Principado de Asturias, ya se ha iniciado el procedimiento para la supresión de las oficinas de representación del Principado de Asturias en Madrid y Bruselas. Hemos procedido también, como señaló el señor Consejero, a la reducción del personal eventual. Nos planteamos igualmente, tal vez por la abundancia en la exposición, nos planteamos en el momento de llevar a cabo la RPT la eliminación en la mayor medida de lo posible de puestos de carácter singular o puestos ad personam, lo cual va a suponer, evidentemente, un ahorro económico desde el momento en que esos puestos tienen niveles elevados. Hemos examinado, y probablemente se vaya a llevar a cabo la resolución de los contratos de seguros..., vamos, seguro, con toda la seguridad, los contratos de seguros de vida suscritos con los Consejeros y los Viceconsejeros. Y efectivamente, en el momento en que se lleve a cabo la elaboración de la RPT, en la medida de los posible, los puestos vacantes serán amortizados, ya que no haremos más que dar cumplimiento a la doctrina del Tribunal Supremo que entiende que en el momento en que se lleve a cabo la elaboración de la RPT es necesario sacar a concurso las plazas vacantes o, en su caso, proceder a su amortización"

5 comentarios:

  1. Deduzco de esto último que SÍ pretenden amortizar plazas, lo cual para los funcionarios no es bueno... En lo demás, ver veremos, que una cosa es prometer y otra dar trigo...

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  2. Los nombramientos en comisión de servicios siguen haciéndose a puro dedo. Es decir, continúa consolidándose la práctica ilícita de adquisición de méritos que luego condicionará los futuros concursos.
    Por tanto, buenas palabras las del Viceconsejero pero la realidad, hasta ahora, es la que es, es decir,la arbitrariedad del régimen anterior.
    Podía entenderse hasta ahora esta especie de tregua sindical, pero cada vez menos

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  3. La herencia recibida es terrible. Pero ¡ojo¡, eso no justifica la inmovilidad y, de momento, en el Administración del Principado, como en la canción, la vida sigue igual.

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  4. ¿ Quién entiende ésto?octubre 12, 2011

    Si el FAC (Foro Asturias)quiere derogar la Ley 14/2010, de 28 de diciembre ( la de la libre designación obligatoria y el mangoneo de los concursos y comisiones de servicio), y el PP (Partido Popular)no sólo está de acuerdo, sino que pide al Gobierno de Cascos que lo haga; y entre unos y otros - FAC y PP - tienen mayoría absoluta en la Junta General, entonces:
    ¿ por qué no se presenta un proyecto de ley en la Junta para solucionar ese problema en el que los dos partidos coinciden?
    Que alguien me lo explique

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  5. El Foro y el PP van andar a la griesca fasta el 20-N, col teatru de la campaña ellectoral. Dempués ya se verá. No que toca a los nomamientos a déu de funcionarios, nel COFPA metísteis les manes na sala de máquines del sistema, dientro del celebru del mostru y eso ye per pelligroso pal PODER. Camiento qu´esa guerra nun la vais ganar, porque cualquier partíu que gobierne quier tener el control de la burocracia y los altos burócrates afiten el so poder nel control de la ufierta de collacios de confianza a la clas política. El sistema dixital beneficia al gobiernu y a l´alta burocracia y los dos poderes van deféndelu a muerte.
    Anque seya asina, el trabayu del COFPA ya fue titánicu y la sociedá asturiana, sobre manera la mocedá, tien que tavos agradecía por abrir camín, por ser los primeros en dicir públicamente una verdá que taba tapecida pol miéu y la omertá.
    Gracies polo que me toca

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