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miércoles, 6 de abril de 2011

SE SUPRIMIRÁN LAS PRUEBAS SUBJETIVAS PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS Y CAPACIDAD


EMPLEO PÚBLICO

6. Los procedimientos de selección y de promoción profesional no incluirán, en ningún caso, pruebas subjetivas o que beneficien de forma decisiva a determinados candidatos, como las entrevistas o la exigencia de memorias sobre las funciones específicas de un puesto de trabajo previamente ocupado por un aspirante a la plaza.

Con esta medida se persigue desterrar prácticas y pruebas de selección y promoción incompatibles con la necesaria objetividad que debe presidir estos procesos o que supongan un sesgo determinante hacia algunos aspirantes, contrario al principio de igualdad.




2 comentarios:

  1. Estoy de acuerdo en que hay que minimizar el componente subjetivo, pero esto es hasta cierto punto incompatible con valorar la capacidad.

    Por ello creo que sí que debería haber en los concursos también pruebas que valoren la capacidad del concursante para ocupar el puesto (el art. 103.3 de la CE requiere también ésta y no sólo el mérito en el acceso a “cargos” públicos; no sólo en el acceso a las funciones).

    El problema es cómo hacerlo. Para ello, para empezar, las comisiones deberían ser independientes, imparciales y nombradas por sorteo y no a dedo. Y en lugar de memorias (que coartan la participación) o de entrevistas, debería haber verdaderos exámenes (test, para mayor objetividad).

    Por ello, de acuerdo con el texto, pero matizado...

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  2. Javier Álvarez Villaabril 09, 2011

    Gracias por la aportación. El matiz es de gran interés y enriquece el documento.

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