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domingo, 28 de marzo de 2010

JUSTICIA AL REVÉS



La sentencia del Juzgado de lo contencioso – administrativo nº 3 de Oviedo, de 22 de marzo, que deniega el derecho del compañero Xurde Blanco a solicitar permisos en lengua asturiana, es un compendio insuperable de afirmaciones y argumentos retorcidos con los que el juez parece poner más empeño en desprestigiar al funcionario volviendo la realidad jurídica del revés, que en resolver en justicia:

1º En un juicio de intenciones inadmisible en un Órgano Judicial, el magistrado Carbajo manifiesta que el recurrente “parece moverse por el único interés de interferir en el buen funcionamiento de la Administración para la que presta sus servicios, y a cuyos intereses debe atender, con lealtad y probidad”. Esta supuesta intención perversa del funcionario la deduce el magistrado de la circunstancia de que, según él, las ausencias del trabajo por enfermedad hasta tres días, no precisarían de solicitud previa de permiso, sino que bastaría con la justificación a posteriori de la consulta médica.

Para hacer tal afirmación, el juez ignora el régimen jurídico de aplicación a los permisos de los funcionarios públicos, regulado en el Decreto 6/2004, cuyo artículo 17.2 es inequívoco cuando dispone que en las ausencias del trabajo por enfermedad, la ulterior justificación no exonera de obtener el permiso o licencia que en derecho pueda corresponder.

En consecuencia, el magistrado imputa a Xurde Blanco una intención ilícita por cumplir escrupulosamente con la legalidad solicitando el correspondiente permiso, amparándose para ello en una práctica administrativa contraria al Derecho aplicable al caso.

2º En la misma línea de imputación de supuestas intenciones al recurrente, el magistrado Carbajo le reprocha una actuación que, a su juicio, “pretende menoscabar el principio de autoridad de sus superiores, y que en buena lógica debería haber dado lugar a la correspondiente corrección disciplinaria”, por haber hecho caso omiso de una Instrucción interna que obligaba a confeccionar las solicitudes de permisos en castellano. Tal imputación resulta particularmente absurda, si se tiene en cuenta que lo que se discutía en el procedimiento judicial no era la conducta individual del funcionario, sino el derecho del mismo a emplear la lengua asturiana en condiciones de igualdad con otros trabajadores, es decir, ni más ni menos que la aplicación del derecho fundamental de igualdad del artículo 14 de la Constitución.

Lejos de reconocer al recurrente tal derecho, como debió hacer en cumplimiento cabal del Auto del Tribunal Constitucional de 25 de febrero , y por imperativo del artículo 5.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el juez se dedica a reprender al funcionario público, con un comportamiento totalmente inadmisible, susceptible de calificarse como una infracción grave – en este caso, sí deberá ejercerse la potestad disciplinaria frente al mismo -, tipificada en el artículo 418.6 de la precitada Ley, a saber, la utilización en las resoluciones judiciales de expresiones innecesarias o improcedentes, extravagantes o manifiestamente ofensivas o irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico.

3º Finalmente, resulta paradójico y particularmente grotesco, que se atribuya la intención de desestabilizar el funcionamiento del Servicio Jurídico del Principado a uno de los dos únicos letrados de este órgano ( de un total de diecisiete) nombrado por concurso de méritos, cuando el Jefe del Servicio y el resto de letrados y letradas del mismo se encuentran nombrados “a dedo” o en “comisiones de servicios” irregulares por plazos superiores al máximo legalmente permitido y sin convocatoria pública para la provisión de las plazas.

Uviéu, 28 de marzu de 2010

La Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies (COFPA)


LA XUSTICIA AL AVIESU

La sentencia del Xulgáu de lo Contencioso-Alministrativo númberu 3 d’Uviéu que-y ñega al collaciu Xurde Blanco’l el drechu a pidir permisos en llingua asturiana ye una xuntanza d’afirmaciones y razonamientos restorcíos colos que’l Xuez paez poner más enfotu en desprestixiar al funcionariu qu’en resolver en xusticia, dándo-y la vuelta, colo de dientro pa fuera, al xacíu xurídicu. Asina:

1º. Nun xuiciu valor inalmisible nun Muérganu Xudicial, el Maxistráu Carbajo afita que’l recurrente “parece moverse por el único interés de interferir en el buen funcionamiento de la Administración para la que presta sus servicios, y a cuyos intereses debe atender, con lealtad y probidad”. Tala “perversa actitú” xustifícala’l Maxistráu na afirmación de que l’ausencia por enfermedá fasta tres díes nun requier solicitú de permisu sinón xustificación a posteriori del tratamientu mélicu, lo que, cenciellamente, ye mentira, acordies colo que establez el réxime de permisos de los funcionarios, reguláu nel artículu 17.2, del Decretu autonómicu 6/2004.

Poro, el Maxistráu imputa a Xurde Blanco una conducta illícita cuando lo que fizo ye xustamente cumplir dafechu cola llegalidá pidiendo’l permisu correspondiente.

2º. Na mesma llinia d’imputar inxustamente, el Maxistráu Carbajo acusa a Xurde Blanco de pretender “menoscabar el principio de autoridad de sus superiores, y que en buena lógica debería haber dado lugar a la correspondiente corrección disciplinaria”, por mor de si cumplió o non con una instrucción que nun s’espublizó en nengún sitiu. Imputación improcedente y absurda si se tien en cuenta que l’alderique del pleitu nada tenía que ver cola conducta del funcionariu sinon col drechu del mesmu a emplegar la llingua asturiana, col sofitu de la llei y en condiciones d’igualdá colos demás trabayadores. Y lloñe de reconoce-y al recurrente talu drechu, como debió facer en cumplimientu bonal del Autu del Tribunal Constitucional de 25 de febreru, el Xuez dedícase a acusar al funcionariu con imputaciones pa les que nun-y dio ocasión de defendese, conducta que bien pue ser calificada como una infracción grave, de la que ye autor el Xuez, y que ta tipificada nel artículu 418.6 de la Llei Orgánica del Poder Xudicial, que sanciona l’emplegu nes resoluciones xudiciales d’espresiones innecesaries o improcedentes, estravagantes o claramente ofensives o irrespetuoses dende’l puntu de vista del razonamientu xurídicu.

3º. Pa finar nun queda sinón calificar de grotescu’l que s’acuse de perxudicar el furrulamientu del Serviciu Xurídicu del Principáu d’Asturies a ún de los dos (de diecisiete) únicos Lletraos d’esi muérganu que s’atopa en situación regular porque llegó al puestu per concursu de méritos, cuando’l Xefe del Serviciu, que tanto cellebra la sentencia, y tolos demás Lletraos y Lletraes, tan ellí con nomamientos a “deu” y en comisiones de serviciu irregulares per plazu superior al másimu llegalmente establecíu.

Uviéu, 28 de marzu de 2010

La Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies (COFPA)

jueves, 25 de marzo de 2010

Benito Aláez Corral: «Ye mui obviu'l proceder illegal del xulgáu»


Les Noticies
Fecha: 25/03/2010 a las 19:03:42


Benito Aláez Corral, profesor titular del Departamentu de Derechu Públicu de la Universidá d'Uviéu, apurre les sos primeres impresiones depués de conocer la sentencia del Xulgáu númberu 3 d'Uviéu emitida esti 22 de marzu, onde'l maxistráu Miguel Ángel Carbajo Domingo niega a Xurde Blanco'l derechu a espresase n'asturianu cola Alministración «pola so condición de funcionariu».


-¿Dictóse sentencia acordies col autu del Tribunal Constitucional (TC) o inoróse esi autu?

Na mio opinión, la sentencia del xulgáu nun ta acordies col autu del Tribunal Constitucional del 25 de febreru y inora'l mandatu del artículu 5.1 de la Llei Orgánica del Poder Xudicial qu'obliga a tolos xulgaos y tribunales a interpretar les lleis de conformidá cola Constitución y cola interpretación que diera d'éstes el Tribunal Constitucional en tou tipu de procesos.


-¿Con qué fundamentu se fai la sentencia?

-El xuez diz que'l TC nun entra nel análisis de la distinción ente funcionarios y ciudadanos, pero esa ye una distinción que'l propiu xuez yá había resuelto implícitamente nel planteamientu de la cuestión énte'l TC nun sentíu favorable al considerar a Xurde Blanco ciudadanu o considerar a los funcionarios en xeneral ciudadanos cuando xestionen los sos intereses personales frente a l'alministración na que trabayen. Delátenlu les sos propies palabres: nel planteamientu de la cuestión el xuez xustifica la relevancia de la so dulda de constitucionalidá en que tien qu'aplicar l'artículu 4.2 de la Llei del Bable pa decidir si estima la demanda de Xurde o non, y esi artículu ye l'aplicable a les comunicaciones de los ciudadanos cola alministración. Ello ye que la mayoría del plenu del TC que da por bona la relevancia d'aplicar esi artículu (como-y refierta'l maxistráu disidente Aragón Reyes nel so votu particular) considera que la cuestión d'inconstitucionalidá ta notoriamente infundada porque l'artículu 4.2 de la Llei del Bable nun implica la cooficialidá encubierta, y por tantu nun se vulnera l'artículu 3.2 de la Constitución Española nin l'Estatutu d'Autonomía del Principáu.

-Xurde Blanco anunció que diba recurrir la sentencia del Xulgáu númberu 3. ¿Qué posibilidaes considera que tien de ganar nesi recursu?

-Creo que tien munches posibilidaes de ganar el recursu porque ye mui obviu'l proceder illegal del xulgáu, que s'aparta de la so obligación d'atender a la doctrina constitucional dictada, amás en función de los sos propios actos y declaraciones nel procesu.

AUTU DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

SENTENCIA

martes, 23 de marzo de 2010

Para dejar de llamar a esto “crisis financiera”, basta una palabra: España


www.sinpermiso.info
Dean Baker

Los políticos y los medios siguen refiriéndose al presente declive económico como originado en una crisis financiera. Falso. Tenemos a 15 millones de personas sin trabajo porque la burbuja económica que impulsó a la economía desde la última recesión terminó estallando. Puede que la crisis financiera haya resultado un buen pasatiempo para los que disfrutan con el espectáculo de los colapso de enormes bancos, pero no debería pasar de ocupar un recuadrito complementario de la noticia. La noticia de verdad fue el auge yla debacle de la burbuja inmobiliaria.

Para refutar a quienes sostienen que el problema real ha sido el sistema financiero y su fallida regulación, basta una sola palabra: España. España ha alcanzado ahora notoriedad por tener una tasa de desempleo superior al 19%, la tasa más elevada entre los países ricos. España no tuvo una crisis financiera. En efecto, su bien regulado sistema financiero a menudo ha sido presentado como modélico en los EEUU.

España tuvo una terrible burbuja inmobiliaria. A causa de ella, el sector de la construcción en su economía pasó de representar menos de un 8% del PIB a fines de los 90 a alcanzar un 12,3% en 2007. Para tener un punto de comparación: en los EEUU, en los años sin burbuja, ese sector representa menos del 6% del PIB. Ese acelerado crecimiento de la construcción llevó a una sobreproliferación de la edificación, lo que no podía terminar sino con un colapso, cayendo la construcción muy por debajo de los niveles normales.

El curso al alza de los precios de las viviendas tuvo también el previsible efecto en el consumo. Puesto que la gente creyó que el alza de precios de la vivienda respondía a unas buenas bases fundamentales de la economía, los propietarios de vivienda dieron en pensar que la riqueza de nueva creación generada por su vivienda era una riqueza real, y pasaron a gastar conforme a ese supuesto ilusorio. La tasa de ahorro española cayó de poco menos de un 6% en 2000 a un 3% en 2007. Cuando desapareció la riqueza originada en el alza de precios de la vivienda generada por la burbuja, la gente, como es natural, cortó en seco su consumo.

Y en eso consiste la crisis española. De acuerdo con el FMI, la nueva construcción ha caído en España cerca de un 80% en relación con el momento culminante del auge. Aunque la construcción total no llegado a caer tanto (reformas, rehabilitaciones y construcción no residencial no cayeron ni de lejos tanto), si, con todo y con eso, la construcción en España puede haber caído cerca de un 50%, eso significa una pérdida anual de demanda superior al 6% del PIB. Trasladado a los EEUU, eso vendría a ser una caída de la demanda de más de 800 mil millones de dólares.

Análogamente, la perdida de riqueza dimanante de la propiedad de la vivienda invierte el efecto riqueza. Si el consumo hubiera caído lo bastante como para devolver la tasa de ahorro a su nivel pre-burbuja, eso significaría una pérdida de demanda anual de consumo de más de 3 puntos porcentuales del ingreso disponible. En los EEUU, eso vendrían a ser más de 300 mil millones en consumo anual evaporado.

No hay mecanismo fácil para reemplazar más de un billón de dólares en demanda evaporada. Por eso la economía española se halla ahora mismo en una situación de gravísimo desplome. Repárese en que casi todos los analistas están de acuerdo en este extremo. El sistema financiero español estaba bien regulado, y estaba libre de todos esos préstamos locos y de toda esa manifiesta corrupción que caracteriza a Wall Street y al sistema financiero norteamericano. Y sin embargo, sufre el presente declive económico incluso más que los EEUU.

La moraleja de esta historia es que el problema primero o más importante no es el de una crisis financiera. Puede que haya sido divertido ver a Wall Street y a los chicos del gobierno sudar la gota gorda tratando de evitar que los grandes bancos se ahogaran en la ciénaga que ellos mismos habían creado. Pero eso es un espectáculo menor. Nadie nos salvó de una "segunda Gran Depresión"; esta gente se limitó a salvar sus puestos de trabajo y la riqueza de la pandilla de Wall Street.

El problema real de la economía es sencillamente la pérdida de demanda generada por el colapso de la burbuja. Inyectar aún más dinero en los bancos es una manera de asegurar que éstos no sufrirán las consecuencias de su propia codicia y estupidez. No una manera de recuperar la economía.

Restablecer la salud de la economía pasa por buscar un substituto de la demanda evaporada, resultante del colapso de la burbuja. A corto plazo, eso significa un incremento del gasto público y de los recortes fiscales. Los déficits inyectan dinero en la economía, y sirviéndonos del anticuado dicho de que la gente trabaja por dinero, podemos determinar la cantidad de dinero que necesitamos que gaste el gobierno para devolver a la economía a un estado de pleno empleo.

A largo plazo, necesitamos poner en macha un comercio más equilibrado, con más exportaciones y menos importaciones, respondiendo a la pérdida de demanda que ha traído consigo el colapso de la burbuja inmobiliaria. Eso exigirá un dólar devaluado, y cualquier otra cosa que se diga en punto a comercio es simplemente de cara a la galería.

Necesitamos una reforma financiera. Tenemos un sector financiero increíblemente despilfarrador e irresponsable. Pero la mala regulación financiera, por sí misma, no fue la que causó el 10% de desempleo, ni una buena regulación habría bastado para prevenirlo. Pregunten, si no, a los trabajadores españoles.

Dean Baker es codirector del Center for Economic and Policy Research (CEPR). Es autor de Plunder and Blunder: The Rise and Fall of the Bubble Economy.

Traducción parawww.sinpermiso.info: Roc F. Nyerro

domingo, 21 de marzo de 2010

La corrupción urbanística sigue saliendo a cuenta

Expansión

Publicado el 16-03-2010 , por Marga Castillo Grijota

El urbanismo y la corrupción están indisolublemente unidos y en España es algo todavía generalizado. Sobre todo en el entorno del Gobierno local, la ordenación del territorio sigue siendo un foco de corrupción permanente, lo que hace perder la confianza de los ciudadanos en los poderes públicos. ¿Cuáles son las causas? ¿Se puede luchar contra este tipo de delicuencia? Hay instrumentos legales suficientes, pero seguirá habiendo delitos mientras no se persigan lo necesario y cometerlos siga siendo rentable para el infractor.

El TSJ de Cantabria anuló el 4 de abril de 2007 el plan parcial  por el que el Ayuntamiento de Piélagos autorizó a la empresa Fadesa a  construir 500 viviendas en el Alto del Cuco, en grandes desmontes que  han transformado su ladera sur. En la imagen, vista general de la  urbanización situada a unos 15 kilómetros de Santander. EFE/Esteban  CoboEl TSJ de Cantabria anuló el 4 de abril de 2007 el plan parcial por el que el Ayuntamiento de Piélagos autorizó a la empresa Fadesa a construir 500 viviendas en el Alto del Cuco, en grandes desmontes que han transformado su ladera sur. En la imagen, vista general de la urbanización situada a unos 15 kilómetros de Santander. EFE/Esteban Cobo

Los Informes Globales de la Corrupción de la ONG Transparencia Internacional señalaban en 2005 que "ningún otro sector en España tiene la corrupción tan arraigada como el de la construcción". El Informe Global sobre la corrupción en España de 2007, emitido también por esta institución, concluía que "la multiplicación de escándalos vinculados a la corrupción urbanística están reforzando la imagen cínica de la ciudadanía sobre los gobernantes, contribuyendo a deslegitimar las instituciones democráticas".

En estos últimos años, no obstante, la situación de la corrupción urbanística ha mejorado, según los índices de la ONG, y en 2009 los ayuntamientos españoles mejoraron sus indicadores de transparencia -79 de los 110 consistorios analizados superaron el aprobado frente a sólo 55 en 2008. Los consistorios mejoraron su transparencia en todas las áreas, incluso en la de urbanismo y obras públicas, donde la nota media ha aumentado en 22 puntos, hasta los 72,2 puntos en 2009, y el año pasado España se situó en el puesto 28 del Informe Global sobre la Corrupción realizado por la ONG Transparencia Internacional (TI) tras caer seis puestos desde 2004 en el Índice Global de Percepción de la Corrupción.

La multiplicación de escándalos vinculados a la corrupción urbanística están reforzando la imagen cínica de la ciudadanía sobre los gobernantes

El motivo de esta variación se atribuye, sobre todo, a una menor percepción de la corrupción urbanística. Para el director de la ONG en España, Javier Lizcano, estos delitos “han aflorado” mucho más que años atrás gracias a ”la actuación de los jueces, las fuerzas de seguridad y los medios de comunicación”, señaló durante la última presentación del informe.

Laura Pozuelo, profesora titular de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) y experta en esta área, señala que el 'boom' inmobiliario a raíz de la liberalización del suelo ha dado lugar a más supuestos de corrupción en el ámbito urbanístico. "El hecho de que haya existido un crecimiento desproporcionado de la construcción en nuestro país ha generado mucho dinero, una parte del cual ha acabado en los bolsillos de autoridades y funcionario públicos de la Administración local en forma de cohecho". Pero el estallido de la burbuja inmobiliaria, junto a la crisis económica, "ha contribuido a que el crecimiento urbanístico se haya detenido, lo que sin duda afecta a unos menores índices de corrupción. En casos como éstos, el movimiento de dinero ilegal y con ello, la corrupción, suele desplazarse a otros ámbitos, pero aún es pronto para poder hacer un diagnóstico". Por otro lado, ha aumentado el nivel de persecución de estos supuestos y su repercusión mediática, lo que influye en la percepción de que existe más corrupción.

La clave, perseguir los delitos para poder aplicar la ley
Desde el caso de Marbella, en el que se terminó implicando a casi todos los estamentos del Ayuntamiento y "en el que un juez decidió ir a por todas" y empezó a "tirar de la manta" se ha intensificado la persecución de los delitos contra la ordenación del territorio", afirma Pozuelo. "Desde Marbella ha habido un efecto dominó", señala la experta. "No es que haya ahora más corrupción, pero sí se persigue más, se da a conocer en los medios y por ello la opinión pública es cada vez más sensible al respecto".

Vista general del hotel El Algarrobico, en Carboneras, en el Cabo  de Gata (Almería), tomada el pasado día 5 de abril de 2008. El Tribunal  Supremo hizo prevalecer en una sentencia el interés general de la  protección del dominio público marítimo-terrestre sobre la legitimidad  de la construcción. La obra, hoy día, sigue en pie. EFE/Pedro Almestre

Vista general del hotel El Algarrobico, en Carboneras, en el Cabo de Gata (Almería), tomada el pasado día 5 de abril de 2008. El Tribunal Supremo hizo prevalecer en una sentencia el interés general de la protección del dominio público marítimo-terrestre sobre la legitimidad de la construcción. La obra, hoy día, sigue en pie. EFE/Pedro Almestre

Esto se suma a un avance significativo en la legislación sobre delitos urbanísticos y el mayor empeño de las autoridades públicas para perseguir las mafias del ladrillo, pero sigue habiendo carencias importantes, señala Pozuelo en su informe Urbanismo y Corrupción, que acaba de hacer público la UAM. La corrupción urbanística sigue favoreciendo el enriquecimiento fácil a quienes participan en él, tanto desde la esfera pública como privada. En la administración local, que cuenta con una gran autonomía en urbanismo, "tanto funcionarios como alcaldes o concejales pueden acceder fácilmente a un lucro que la ley pone a su alcance, porque de ellos depende el planeamiento urbanístico, la recalificación de los usos del suelo y la concesión de licencias, todo con un enorme valor de mercado".

Para Pozuelo, el problema es que estos delitos siguen siendo rentables, sobre todo en el ámbito local, aunque hay tres instrumentos legislativos fundamentales que podrían reducir este tipo de delitos a su mínima expresión: perseguir los delitos de prevaricación y cohecho para sancionar tanto al funcionario como al promotor, elevar las multas y no dilatar en el tiempo las órdenes de demolición y comiso. "Es importante que el delito no salga a cuenta, que la apuesta por una construcción ilegal no sea para el infractor una baza casi segura".

El estudio de esta experta señala que "a menudo, quien otorga las licencias y quien debe controlar las infracciones contra la ordenación del territorio es la misma persona o son muy próximas, lo que abre la puerta a la corrupción". El resultado es la existencia de un enorme margen de impunidad. Y lo que es más grave, el lucrativo fenómeno de la corrupción está también vinculado a la financiación ilegal de partidos políticos, por lo que cada vez que se destapa un caso de corrupción urbanística la confianza de los ciudadanos de los partidos y en las instituciones democráticas se tambalea.

La implicación de funcionarios suscita un profundo rechazo social
Además, la implicación de los funcionarios y cargos como alcaldes y ediles provoca un profundo rechazo social ya que son representantes públicos que deberían velar por el buen común, por eso la sociedad les condena más y "se carga" contra los que toman las decisiones: "Hay un sentimiento de mayor reproche al hecho de que quien se enriquezca ilícitamente sea un representante público más que el promotor infractor, por otra parte, tan culpable como el primero.

El problema de fondo es que la corrupción local es algo muy antiguo, lleva implícita una especie de resignación que se manifiesta en la expresión de "dar a dedo"... aunque las cosas están cambiando, de momento, sigue haciendo un escenario favorable al delito. Se sabe que 'de facto', se llega a incluir en el presupuesto para una determinada planificación urbanística qué cantidad de dinero se dedica a los sobornos, y quien quiere concurrir honradamente tiene menos oportunidades.

Es importante que la apuesta por una construcción ilegal no sea para el infractor una baza casi segura

A ello se une que para los jueces, además de la ya de por sí complicada instrucción de los casos, es habitual que se den problemas probatorios tanto en los delitos de prevaricación como de cohecho, y también que la instrucción de los casos puede llegar a ser muy compleja. "En los casos en los que el dinero fluye por doquier y no hay transparencia, se crean empresas títere que hacen difícil probar que ha habido dádiva y las dificultades técnicas se suman a todo lo demás", señala Pozuelo.

¿Da respuesta la Justicia?
Es frecuente pensar que la respuesta del derecho administrativo es insuficiente para perseguir estos delitos porque la normativa es enrevesada, lo que dificulta saber cuándo se produce una actividad ilícita y se reducen las posibilidades de sanción, y además las administraciones públicas no cuentan con suficientes recursos preventivos y represivos. Algo, según Pozuelo, "no del todo cierto, puesto que la normativa sí es clara al describir qué comportamientos son punibles, aunque faltarían recursos materiales y humanos para gestionar los delitos, y además no parecen que se hayan puesto realmente al servicio de la persecución de las infracciones urbanísticas", explica.

"Para responder de forma efectiva a este tipo de delincuencia no existen, en puridad, problemas legales, en el sentido de que deban crearse nuevos delitos o cambiar la respuesta jurídica; ahí están las diferentes formas de prevaricación administrativa y el delito de cohecho. El problema está en la insuficiente persecución de esas infracciones, que se explica porque hay muchos intereses en conflicto, en ocasiones incluso de alto nivel, pues el dinero procedente de la corrupción urbanística ha llegado a financiar ilegalmente partidos políticos", argumenta la profesora de la UAM.

"La norma no es laxa, pero no se aplica"
"La impunidad se explica porque no se persigue suficientemente los supuestos de delincuencia urbanística pese a contar con recursos suficientes para ello. La respuesta al problema no está en modificar la ley y en endurecerla: la solución está en la mayor persecución de esas infracciones. La normativa, siempre mejorable, no es laxa, el problema es que no se aplica. Sólo la certeza de la aplicación de la ley puede dar resultados en materia de prevención de delitos", sentencia.

Fotografía de archivo del 26 de noviembre de 2007 del chalé del  abogado Núñez Arias, implicado en el marco de una operación contra la  corrupción urbanística en la localidad murciana de Totana. Se  registraron también las oficinas de los abogados de Núñez Arias. EFE/  Salvador Sas

Fotografía de archivo del 26 de noviembre de 2007 del chalé del abogado Núñez Arias, implicado en el marco de una operación contra la corrupción urbanística en la localidad murciana de Totana. Se registraron también las oficinas de los abogados de Núñez Arias. EFE/ Salvador Sas

"De hecho, los delitos contra la ordenación del territorio no constituyen el principal problema de la delincuencia urbanística: el núcleo se encuentra en los supuestos de aprobación de planes urbanísticos en contra de los intereses generales, en la concesión de licencias urbanísticas en contra de la normativa vigente y, por último, en el hecho de que prácticamente nunca se proceda a la demolición de las construcciones ilegales, bien porque no se llega a ordenar, bien porque se incumplan las órdenes de demolición. Para todos estos supuestos, los delitos de prevaricación administrativa y de cohecho pueden dar una respuesta suficiente, sin olvidar la aplicación de la institución del comiso y el cumplimiento de las órdenes de demolición.

Junto a estos instrumentos estrictamente penales, aquellos con los que cuenta el Derecho administrativo también pueden resultar muy útiles: En primer lugar, el efectivo cumplimiento de lo establecido en el 75.7 de la Ley de Bases del Régimen Local, que obliga a los representantes locales a dar cuenta de su patrimonio antes de la toma de posesión del cargo y una vez finalizado su mandato. Si esto se controlara suficientemente, ayudaría mucho a evitar la corrupción urbanística".

El núcleo del problema: la aprobación de planes urbanísticos en contra de los intereses generales, en la concesión de licencias y la no demolición de las obras ilegales

La demolición y el comiso son útiles, pero lo más importante es tomarse en serio la aplicación de la ley. Además, "es muy importante sancionar al cargo público que ha cometido un delito de cohecho, porque como representante de la Administración tiene el deber de servir con objetividad e imparcialidad a los intereses generales. Pero esto no quita importancia a la necesidad de sancionar al constructor que corrompe a la autoridad o funcionario o se deja corromper con él, pues es una pieza absolutamente esencial en la dinámica de la corrupción urbanística. Creo que es muy útil y muy necesario dirigir una respuesta penal a ambos". "Que se investigue y se inspeccione más", pide la experta, ya que disuadirá a los posibles infractores de cometer el delito".

Multas proporcionales, no máximas
Eso sí, Pozuelo cree que la norma todavía no es lo suficientemente eficiente en algunos puntos para evitar que estos delitos sigan "mereciendo la pena" a los infractores. "Es el caso del delito contenido en el art. 319 del Código penal, en el que se sanciona al promotor, constructor o técnico-director que construye o edifica ilegalmente en suelos de especial protección, y en el que la multa se configura conforme al sistema días-multa, lo que beneficia económicamente al infractor. Conforme a este sistema, el máximo a imponer sería una multa de 288.000 euros, lo que resulta ridículo, teniendo en cuenta lo que puede llegar a ganar con este tipo de delito. Es mucho más efectivo el sistema de multa proporcional, que obliga al pago de un múltiplo de las ganancias obtenidas; de este modo ya no resulta tan rentable la infracción.

El hecho de que la demolición de la construcción ilegal no se llegue a ordenar o bien, en caso de que sí haya orden de demolición, ésta no se cumpla, supone una especie de “regalo” al infractor. No pierde nada: existe la alta probabilidad de que no se sancione penalmente su conducta por falta de persecución y, en caso de que sí se haga, no perderá la obra construida, porque la probabilidad de que se produzca la demolición es mínima. "Por esta razón, tanto en este trabajo como, en especial, en uno publicado conjuntamente con otro penalista específicamente sobre la materia, propongo que si ya no resulta posible la demolición, se ha de producir el comiso. Esto significa que al infractor se le decomisarán las ganancias obtenidas con la construcción ilegal. En definitiva, hay dos alternativas: o hay demolición de la obra ilegal o hay comiso de las ganancias ilícitamente obtenidas con ella", señala la experta en su compendio".

Tanto funcionarios como alcaldes o concejales pueden acceder fácilmente a un lucro que la ley pone a su alcance

Las empresas títere, estratagemas contra la inhabilitación
"Y en lo que se refiere al cumplimiento de la pena de inhabilitación, suele eludirse a través de la técnica de creación de empresas para cada construcción o edificación, que desaparecen una vez que éstas han terminado. Esos costes se eliminarían o al menos se atenuarían si el legislador optara el sistema de multa proporcional y la administración dedicara más medios materiales y humanos para hacer efectivo el cumplimiento de las sanciones penales".

Lo que resulta insostenible, en opinión de Pozuelo "es que el beneficio obtenido o que se vaya a obtener de la realización de un delito quede en manos de infractor, cuando esto no sucede en el resto de infracciones penales. Imaginemos a alguien que sustrae unos bienes ajenos y después los vende, ¿sería razonable que, al margen de la condena por un delito de hurto o de robo, se le permitiera al infractor quedarse con las ganancias obtenidas de la venta de los bienes sustraídos? Pues en el supuesto de los delitos contra la ordenación del territorio el esquema es el mismo: un sujeto sustrae de forma ilícita un aprovechamiento del suelo al construir en un lugar prohibido -suelo no urbanizable de especial protección".

"Si a continuación vende la construcción y obtiene con ello una ganancia", prosigue, "debemos dar exactamente la misma respuesta que al ladrón que vende el botín. Bajo ningún concepto puede admitirse que los beneficios que se deriven de una construcción ilegal, ya procedan de su venta, de su arrendamiento o de cualquier otra modalidad a través de la cual se genere dinero a favor del infractor, puedan enriquecer a quien atenta contra la ordenación del territorio". Por otra parte, es necesario "que no quede impune el incumplimiento de las órdenes de demolición y pueda ser sancionado por delito de desobediencia, pues la no demolición de las obras ilegales obstaculiza enormemente la lucha contra la delincuencia urbanística".

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martes, 16 de marzo de 2010

EL TRIBUNAL SUPREMO DESCUBRE LA ÚLTIMA MENTIRA SOBRE LA “CARRERA PROFESIONAL” DE LOS TRABAJADORES PÚBLICOS


EL TRIBUNAL SUPREMO DESCUBRE LA ÚLTIMA MENTIRA SOBRE LA “CARRERA PROFESIONAL” DE LOS TRABAJADORES PÚBLICOS: LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA NO OBLIGABA A DEVOLVER NINGÚN DINERO Y, POR EL CONTRARIO, FACILITABA EL COBRO A TODOS, FIRMASEN O NO EL TRÁGALA DEL GOBIERNO.


El Tribunal Supremo, mediante Auto de la Sala de lo contencioso–administrativo de 4 de febrero de 2010, ya se ha pronunciado sobre el recurso de casación interpuesto frente a la sentencia del TSJA de 10 de junio de 2009, que anulaba la convocatoria de la “carrera profesional”, rechazando su admisión a trámite.


Según el Alto Tribunal, la sentencia recurrida no era susceptible de recurso de casación, al referirse a un acto administrativo en materia de personal – la convocatoria de adhesión – frente al que no es legalmente posible la interposición de ese recurso.


Esta resolución del Tribunal Supremo deja al descubierto la última de una larga lista de mentiras manejadas impunemente en torno al asunto de la falsa “carrera profesional”: el miedo difundido desde la Administración asturiana a una sentencia que obligara a devolver el dinero. De ahí que se mantenga convenientemente tapada.


Ahora queda meridianamente claro lo que desde el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies se vino repitiendo de forma reiterada: que la sentencia del TSJA sólo anulaba la resolución de convocatoria, pero no el Acuerdo previo del Consejo de Gobierno, que es la norma que obligaba a pagar el complemento retributivo a todos los trabajadores con cinco años de antigüedad, sin necesidad de solicitud previa; y que ninguna cantidad tenían que devolver los trabajadores que había cobrado, porque la vigencia de dicho Acuerdo no estaba en discusión, ni podía ser afectada por la decisión del Tribunal Supremo.


También queda ahora en evidencia que las prisas para legalizar la convocatoria anulada por la Justicia no se debían realmente al deseo de evitar la devolución de lo pagado, sino al propósito de impedir el cobro retroactivo a los trabajadores que decidieron libremente no cumplir la exigencia caprichosa de firmar un cheque en blanco.


A la vista del Auto del Tribunal Supremo, la sentencia del TSJA de 10 de junio de 2009 debió de ser firme y plenamente ejecutiva desde esa fecha, por lo que la propia Sala de lo contencioso – administrativo sale también malparada al ofrecer la posibilidad de interponer un recurso, el de casación, que no era legalmente procedente.


Ante lo que ya se presenta como una gran maniobra de manipulación de la opinión pública asturiana, el Conceyu por Otra Función Pública vuelve a reiterar la petición de dimisión de los consejeros directamente responsables de esta burla, el Sr. Rabanal y la Sra Migoya.


Uviéu, 16 de marzu de 2010

La Xunta Directiva de COFPA


Ver el Auto


EL TRIBUNAL SUPREMU DESTAPA LA CABERA MENTIRA DEL GOBIERNU ARECES SOBRE LA “CARRERA PROFESIONAL” DE LOS TRABAYADORES PÚBLICOS: LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE XUSTICIA NUN OBLIGABA A DEVOLVER NINGUNA PERRA Y, AL AVIESU, FACILITABA’L COBRU A TOOS, ROBLAREN O NON EL TRÁGALA DEL GOBIERNU.

El Tribunal Supremu, pente medies del Autu de la Sala de lo Contencioso–Alministrativo de 4 de febreru de 2010, vien de refugar l’almisión a trámite, del recursu de casación interpuestu escontra la sentencia del Tribunal Superior de Xusticia d’Asturies de 10 de xunio de 2009, qu´anulaba la convocatoria de la “carrera profesional”.

Afita l´Altu Tribunal qu’a la sentencia nun se-y debió dar recursu, por referise a un actu alministrativu en materia de personal que nun lu tien: la convocatoria que obligaba a los funcionarios a aceutar unes valoraciones profesionales desconocíes, feches pela Administración al so petite, o sinón quedar fuera y nun cobrar.

Esta resolución del Tribunal Supremu dexa albentestate la última de la llarga riestra de mentires espardíes dende l´Alministración asturiana alrodiu del asuntu de la falsa “carrera profesional”, ye dicir, la de qu’obligaba a devolver les perres a los que les cobraron. D´ehí que los interesaos la caltengan tapecida.

Con esti autu, el Tribunal Supremu da-y la razón a lo que dende’l Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies vinimos repitiendo dende l’entamu d’esti feu asuntu: que la sentencia del TSXA sólo anulaba la resolución de convocatoria, pero non l´Acuerdu previu del Conseyu de Gobiernu, que ye la norma qu´obligaba a pagar el complementu retributivu a tolos trabayadores con cinco años d´antigüedá, ensin falta de solicitú previa, y que nenguna cantidá teníen que devolver los trabayadores que yá lo cobraren porque la vixencia d´esi Alcuerdo nun taba en discutiniu, nin podía ser afeutada pel determín que tomara´l Tribunal Supremu.

Tamién queda agora n´evidencia que les prieses pa llegalizar la convocatoria valtiada pela Xusticia, ente medies d’una vergoñosa llei, nun se debíen al deséu de torgar la devolución de lo pagao, sinon al propósitu d´impedir el cobru retroactivu a los trabayadores que nun quisieron roblar un cheque en blancu pa que’l Gobiernu Areces pudiere, a caprichu, dar a unos funcionarios sí y a otros non y, al cabu, facer clientelismu coles nómines.

A la vista del Autu del Tribunal Supremo, la sentencia del TSXA de 10 de xunu de 2009 debió quedar fita y dafechamente executiva dende esa data, polo que la propia Sala de lo Contencioso–Alministrativo sal tamién bien percutida por ufiertar la interposición d’un recursu, el de casación, improcedente.

Énte lo que yá s’evidencia como una gran maniobra de manipulación de la opinión pública asturiana, el Conceyu por Otra Función Pública reitera el pidimientu de dimisión de los conseyeros direutamente responsables d´esta burlla, el Sr. Rabanal y la Sra Migoya.

Uviéu, 16 de marzu de 2010

La Xunta Directiva de COFPA

Güeyar l´Autu


lunes, 15 de marzo de 2010

La Justicia asturiana, puesta en evidencia por el gobierno, ante la Justicia europea

Juan Vega
El Comentario. tv

A mi todo esto me parece de un surrealismo fuera de toda moderación, llegando a tocar con los límites del absurdo real hecho obra de arte. Nadie, nunca, ha logrado caer tan bajo, y mirar para otro lado como si no pasara nada. Vean lo que dice este periodista, el amigo Evelio, sin ruborizarse, en un prodigio de “redacción compromiso”:

Para que el pacto no quedase escrito en el aire, el Principado intentó coserlo con un acuerdo de rebuscada redacción. El Consejo de Gobierno autorizó con el voto de los consejeros de IU «la firma de un contrato con Jovellanos XXI para la futura celebración de un contrato (sic) de arrendamiento entre las partes del futuro inmueble que la entidad mercantil habrá de construir en la parcela del Vasco». Este acuerdo, firmado por ambas partes el 27 de julio de 2009, es el que está pendiente de desarrollar.

El acuerdo no es de “rebuscada redacción”, sino que es palmario. Se negocia un futuro contrato de arrendamiento de un edificio público, sobre un solar en el que no hay nada, para no tener que sacar a concurso una obra de casi 200 millones de euros. Y claro, va el periodista y nos cuenta la cosa, así como si los de IU se hubiesen chivado a “papa” Europa de que aquí estábamos delinquiendo un poco, con la Justicia en el centro de la operación:

Como si un Palacio de Justicia no pudiera estar predestinado a otra cosa que no fuera un litigio,IU y Los Verdes afilaron sus lanzas y llamaron a Europa. La coalición y sus colegas ecologistas creen que la obra debió salir a concurso público. Así lo hicieron constar ante las autoridades comunitarias. Otras infraestructuras asturianas, como El Musel, patrocinadas por el Gobierno asturianos de mayoría socialista también acabaron en Bruselas, denunciadas por su socio IU.

Ya ven el precedente, ya se “chivaron” de El Musel, donde faltan cientos de millones, que en Europa echaron en falta y aquí no. No de otra forma se puede ver el asunto, cuando desde Europa ven lo que aquí no ven nuestras autoridades judiciales, pues tiene bemoles que el palacio sea para ellos, y ellos no vean nada, sino que muy al contrario, se muestran encantados con tan envenenado caramelo. Nos enseñaron que allí donde se está “cometiendo un crimen” es obligación de todos denunciarlo. ¿Puede ser esto un “crimen” para Europa y aquí no verlo nadie, si es que no estamos en manos de una auténtica mafia? A los hechos me repito:

El 15 de diciembre del año pasado, la Dirección General de Mercado Interior y Servicios de la Comisión Europea advertía al Principado de que podría violar las normas de contratación pública de la Unión si iniciaba los trabajos del Palacio de Justicia en las condiciones establecidas en el acuerdo del alquiler entre el Gobierno de Asturias y la sociedad Jovellanos XXI.

¿Alguna duda? ¿Nadie vio aquí lo que fuera de aquí es evidente para cualquiera?:

El director general, el sueco Jörgen Holmqvist, entiende, a la vista de la documentación presentada por los denunciantes, que el acuerdo entre el Principado y Jovellanos XXI puede considerarse «un contrato público de obra remunerado a través de un pago a plazos y adjudicado sin procedimiento de licitación alguno».

La famosa sentencia Kölnischer Messerhalle que hace ya mucho que publicamos aquí, y ya ha sido vista por media Asturias relacionada con el caso


martes, 9 de marzo de 2010

El Tribunal Constitucional da’l preste definitivu a la Llei d’Usu del asturianu nuna decisión hestórica


El Tribunal Constitucional afitó yá que la reclamación del Xulgáu de lo Contencioso Alministrativo d'Uviéu, que plantegaba la inconstitucionalidá de la Llei d’Usu del asturianu de 1998, nun tien base llegal. Y non solo eso, el Constitucional da la razón al lletráu del Principáu, Xurde Blanco, nel recursu presentáu contra una resolución que-y denegaba un permisu llaboral por tar n'asturianu. El TC faló claro y refuga "tola discrecionalidá a l'Alministración autonómica a la hora d'aceptar les comunicaciones que reciban nesa llingua".

Con esta sentencia la Llei d’Usu queda dafechu avalada y los asturianos pueden usar la so llingua pa rellacionase cola alministración, ensin que viera l’altu tribunal necesidá de revisala. L’autu, cuenta, sicasí, col votu particular del maxistráu Manuel Aragón Reyes

El recursu que xeneró esti conflictu xurídiciu presentólu en 2007 el lletráu del Serviciu Xurídicu d’Asturies, Xurde Blanco, contra la resolución de la Conseyería de Presidencia yá citada. El tribunal al que-y reclamó por esti fechu foi quien mandó al Constitucional la Llei, que nel artículu 4.2 namás contemplaba les comunicaciones orales o escrites de los ciudadanos col Principáu d’Asturies, ensin facer mención dalguna a los asuntos que pudieren implicar a los funcionarios de l’Alministración cuando tean nesta condición. La sentencia déxalo claro y la Llei aplícase de la mesma forma.

En declaraciones feches a la COPE, Xurde Blanco esplicó que “nun ha estrañar que’l TC dea un tirón d’oreyes a l’alministración”, yá que según esplica’l xurista “ye la única llingua que nun se respeta n’absoluto nel estáu español”. Lo que calificó de “vergoña”, siendo pa Blanco “el Gobiernu d’Areces, el mayor enemigu de la llingua asturiana”.

TESTU COMPLETU DEL AUTU DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (fuente: páxina web del Tribunal Constitucional)

lunes, 8 de marzo de 2010

Tiro al funcionario


JOSÉ CARLOS LLOP

No sé qué banco, ni quiero saberlo, ha propuesto que el gobierno baje el sueldo de los funcionarios hasta el índice que tenían en el año 2001. Me parece estupendo. Es más: considero que el banco en cuestión se ha quedado corto. Que ha sido demasiado generoso, vamos. Yo, de paso, les aumentaría las horas de trabajo –creo que doce al día es un buen número– y suprimiría las pagas extraordinarias. Total no van a tener tiempo para gastarlas. Porque de las vacaciones pagadas hay que empezar a despedirse. Rapidito. Es necesario regresar a la época en que no había vacaciones anuales, no sé en qué estarían pensando esos banqueros. Esto, para empezar. Porque después convendría ir tomando otras medidas. Por ejemplo uniformarlos. Si les ponemos un bonito traje a rayas, los tendremos controlados a todas horas. Y si se les ocurre salir a la calle en horario de trabajo, los corremos a gorrazos y los devolvemos a su mesa. Si en el empeño se le va a alguien la mano y hay una nariz rota, pérdida de un ojo, incluso, que sé yo, un muerto, tampoco hay que escandalizarse: sólo son funcionarios. Y todo esto –piénsenlo bien– aliviaría mucho las tensiones que produce la crisis económica. El funcionario es un servidor público y como tal ha de servir para algo. De putching-ball no está mal: al menos, rinde.

Pensándolo mejor: la crisis es de tal magnitud que habría que militarizarlos. A todos. De esta forma no podrían rechistar ante la aplicación de las medidas citadas. Arresto en la oficina y pérdida de sueldo de quince días sería la pena mínima. Luego habrá que ir pensando en traslados forzosos a Lanzarote o Hierro, por ejemplo, que hay muy buen clima, o sea que a no quejarse. No es una sugerencia, es una necesidad imprescindible. Hay que salir de la crisis y está claro que la única medida –la única, subrayo– que va a salvar la economía española es la reducción de los sueldos funcionariales y la movilidad a patadas del funcionario. Que esos sueldos lleven tiempo en la nevera –con un 0´3% de aumento este año– es lo de menos. Hay que bajar las temperaturas: retrotraerlos a la era glacial. En un par de años, todo arreglado.

Cosas parecidas se oyen por ahí. En tiempos de bonanza económica y gran negocio, el funcionario es un desgraciado, un inútil, un parásito que no sirve de nada y ha opositado aspirando a la seguridad de un sueldo fijo, el pobre diablo. No es emprendedor, ni osado, ni enriquece la sociedad que habita: ése es el pensamiento generalizado. Y quien no lo haya oído materializarse en palabras, lo ha visto en la mirada o en el gesto de más de uno. Que el tinglado se aguante gracias a los funcionarios –como se aguanta gracias al resto de la clase media– no importa a la hora de vituperarlos.

Pero en tiempo de crisis, el funcionario pasa a ser un listillo, un gorrón que no se merece lo que tiene. Da igual que mientras duró la bonanza se hiciera befa de su sueldo; ahora resulta que es un buen sueldo: es seguro y eso basta. Por tanto que se les congele ya. Qué digo se les congele: que se les sumerja en la Siberia de los años 30, a ver si aprenden de una vez quien es el que manda aquí. Nadie se pregunta si ya lo están –congelados, quiero decir– que por supuesto lo están; prácticamente y desde hace años. Y eso, lo de jibarizar las cuentas del funcionario, lo dice gente de todo tipo, pero donde más llama la atención es cuando lo dicen profesionales liberales, empresarios y algunos despachos –de banco o no–. O sea, los que siempre declaran a Hacienda todo, absolutamente todo, lo que ganan. Los que cargan gastos personales a su empresa. Los que nunca hacen trampas, ni urden artimañas para evitar al fisco y por eso las arcas del Estado van boyantes, con crisis o sin ella. En fin, mejor callar, ¿no? ¿O hablamos de las ayudas del Estado para tapar agujeros de esos bancos que ahora dan lecciones de cómo hay que tratar al funcionariado? ¿Hablamos de las declaraciones negativas de gente que gana un dineral? ¿Hablamos de beneficios anuales? ¿Hablamos del dinero que no tributa? Porque no es ése el que cobran los funcionarios, precisamente. Que, por cierto, también pagan impuestos y no tienen caja B o cómo se llame a eso ahora, ni cajas fuertes, ni más cajas que las de sus zapatos, en fin.

Nadie ha dicho nunca que la vida sea justa, porque no lo es. Debería serlo y ésa es una noble aspiración humana desde que el tiempo es tiempo. Pero... el funcionario lleva desde la primera Reforma Suárez perdiendo capacidad de gestión y de veto –de observación de la ley– en la Administración, y viendo medrar al nuevo funcionario con carnet de partido. El funcionario lleva años oyendo hablar de la corrupción de los funcionarios públicos para referirse a políticos que jamás han sido funcionarios de carrera. El funcionario tiene que oír de vez en cuando la cantinela de "lo consulté con los técnicos del departamento", cuando nadie consultó nada con esos técnicos. O sea que un desaire más –por decirlo finamente– no es que importe mucho. Que se les congele el sueldo si eso ayuda a combatir la crisis –que no creo–, pero que nadie se ponga medallas a costa de la nómina funcionarial y su vuelta forzosa a los tiempos del cuplé. Sobre todo los que no sólo no hicieron nada para impedir esa crisis, sino que contribuyeron –en la medida que fuera– a provocarla. Aunque ahora se hinchen la boca con sus magníficas –y tan originales– soluciones.

jueves, 4 de marzo de 2010

La UGT propone en Valencia que los altos funcionarios se nombren por concurso y no "a dedo". ¿ Para cuándo la misma exigencia en Asturias?



La Federación de Servicios Públicos de UGT de la Comunidad Valenciana informa en su página web de su propuesta sindical para que la provisión de puestos de trabajo hasta el nivel de jefaturas de servicio, se efectúe por concurso de méritos, esto es, "mediante un sistema objetivo que mide la preparación y los conocimientos del aspirante"

Se queja la UGT valenciana de que, actualmente, son cargos de libre designación los jefes de área y de servicio y de que la carrera profesional objetiva termina en las jefaturas de sección. Respecto a las jefaturas de servicio, la propuesta sindical de la UGT señala que no deben tener connotaciones políticas, porque son cargos técnicos, constatando que con el actual sistema de reclutamiento "a dedo" se está colocando a profesionales sin formación especializada, con la consiguiente desprofesionalización de la Función Pública valenciana.

La situación descrita por la UGT de la Comunidad de Valencia coincide al milímetro con la que presenta la Comunidad Autónoma de Asturias, en la que, como viene denunciando COFPA de manera constante, todas las jefaturas de servicio - y la nueva categoría intermedia de coordinadores, asesores y similares -, se proveen por el sistema digital, en el que sustituyen los principios constitucionales de la igualdad, el mérito y la capacidad, por la confianza personal y política, dejando al funcionario agraciado con el nombramiento sin condiciones objetivas para desempeñar su puesto con imparcialidad.

En consecuencia, confiamos en que la coherencia de los planteamientos de la UGT en defensa de una Función Pública imparcial y profesionalizada en el conjunto del Estado, lleve a una pronta y enérgica propuesta sindical en Asturias en el mismo sentido que el planteado en la Comunidad Valenciana.



lunes, 1 de marzo de 2010

LA JUNTA GENERAL ADMITE A TRÁMITE LA DENUNCIA CONTRA LA PROCURADORA GENERAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS POR COLOCAR A DEDO A TODA LA PLANTILLA



Ni un solo concurso, ni una oposición….la institución que, teóricamente, defiende a los ciudadanos frente a las ilegalidades de la Administración no tiene remilgo alguno en saltarse “a la torera” principios elementales que deben presidir el buen hacer administrativo, como es la transparencia en la provisión de puestos de trabajo.

Nuestra Procuraduría General ha otorgado "a dedo" todos sus puestos de trabajo, no efectuando aún ninguna convocatoria pública de provisión de plazas.


¡Todo un record, para una institución que se encarga de perseguir ilegalidades y defender a los ciudadanos!.


Con la finalidad de atajar esta grotesca situación, hemos efectuado una denuncia ante la Comisión de Peticiones y de Relaciones con el Procurador General de la Junta General del Principado de Asturias, que ha sido admitida a trámite mediante acuerdo adoptado por unanimidad por la Mesa de la Cámara.
Esperemos que se tomen las medidas correctoras de rigor y que nuestra Procuradora cumpla la Ley, al menos en el ámbito de la Función Pública…