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sábado, 25 de diciembre de 2010

PSOE E IU MANIPULAN LOS CONCURSOS DE MÉRITOS


La tramitación parlamentaria de la modificación urgente de la Ley de Función Pública asturiana escondía un último golpe de mano, dirigido a controlar políticamente los concursos de méritos.

El PSOE e IU, concertadamente, presentaron el 22 de diciembre una enmienda de modificación del proyecto de ley, con el fin de equiparar la experiencia adquirida en puestos ocupados interinamente , en adscripción provisional o en comisión de servicios, con la experiencia obtenida en puestos ocupados en propiedad o con carácter definitivo. Al mismo tiempo, en la enmienda se suprime el límite máximo legal para la valoración de la experiencia adquirida en este tipo de nombramientos provisionales, de tal manera que en los concursos de méritos podrá valorarse sin límite temporal alguno el trabajo desarrollado en comisión de servicios o, incluso, como trabajador interino.

De esta forma, los nombramientos a dedo en comisión de servicios condicionarán decisivamente el resultado de los concursos de méritos. En la práctica, el sistema dedocrático de nombramientos se extiende sin límites a todos los puestos singularizados: secciones, negociados y similares.

El toque cínico del asunto lo aporta la justificación que hacen PSOE y IU para introducir esta enmienda: dicen que se trata de cumplir con las sentencias del TSJA, cuando dichas sentencias dicen justamente lo contrario.

Recordamos aquí la sentencia del TSJA de fecha 12 de noviembre de 2007 y la más reciente de fecha 21 de junio de 2010, que establecen que la valoración de la experiencia en puestos ocupados en comisión de servicios debe limitarse al plazo máximo legal de un año, y que es contrario al principio de igualdad valorar de forma idéntica el trabajo desarrollado en puestos con nombramiento definitivo y la experiencia obtenida en puestos de carácter provisional o interino.

La estrategia política se presenta perfectamente clara. Aprovechando que el foco mediático se centra en la discusión sobre el alcance de la “libre designación”, la coalición gobernante cuela un descomunal gol para extender el enchufismo al conjunto de la carrera profesional de los empleados públicos.

De consumarse esta operación, la Junta General del Principado de Asturias tiraría el régimen constitucional de la Función Pública a la basura, eso sí, por la vía de urgencia.

Uviéu, 26 d´avientu de 2010

La Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies


PSOE YA IX CACIPLEN LOS CONCURSOS DE MÉRITOS

La tramitación parllamentaria del cambéu urxente de la Llei de Función Pública asturiana escondía un últimu golpe de mano, dirixíu a controlar políticamente los concursos de méritos.

El PSOE ya IX, concertadamente, presentaron el 22 d'avientu una enmienda de cambéu del proyectu de llei, col fin d'oldear la esperiencia adquirida en puestos ocupaos interinamente , en adscripción provisional o en comisión de servicios, cola esperiencia llograda en puestos ocupaos en propiedá o con calter definitivu. Coles mesmes, na enmienda suprímese'l llende máximu llegal pa la valoración de la esperiencia adquirida nesti tipu de nomamientos provisionales, de tal manera que nos concursos de méritos va poder valorase ensin llende temporal dalgunu'l trabayu desenvueltu en comisión de servicios o, inclusive, como trabayador interín.

D'esta forma, los nomamientos a deu en comisión de servicios van condicionar decisivamente la resultancia de los concursos de méritos. Na práctica, el sistema deucráticu de nomamientos va estendese ensin llendes a tolos puestos singularizados: secciones, negociaos y puestos asemeyaos.

El toque cínicu del asuntu ye la xustificación que faen PSOE ya IX pa introducir esta enmienda: dicen que se trata de cumplir coles sentencies de la TSXA, cuando diches sentencies dicen xustamente lo contrario.

Recordamos equí la sentencia de la TSXA de fecha 12 de payares de 2007 y la más recién de fecha 21 de xunu de 2010, qu'establecen que la valoración de la esperiencia en puestos ocupaos en comisión de servicios tien de llindase al plazu máximu llegal d'un añu, y que ye contrariu al principiu d'igualdá valorar de forma idéntica'l trabayu desenvueltu en puestos con nomamientu definitivu y l'esperiencia llograda en puestos de calter provisional o interín.

La estratexa política preséntase perfechamente clara. Aprovechando que'l focu mediáticu ta centráu nel discutiniu sobre l'algame de la “llibre designación”, la coalición gobernante cola un descomanáu gol pa estender el enchufismu al conxuntu de la carrera profesional de los emplegaos públicos.

Con esta caciplada, la Xunta Xeneral del Principáu d'Asturies tiraría'l réxime constitucional de la Función Pública a la basura, eso sí, pela vía d'urxencia.

Uviéu, 26 d´avientu de 2010

La Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies


viernes, 17 de diciembre de 2010

El Tribunal Supremo rechaza la libre designación en las Jefaturas de Servicio de las Comunidades Autónomas

El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia de extraordinaria importancia para delimitar los puestos en los que no es legalmente posible utilizar el sistema digital de libre designación en las Comunidades Autónomas. Se trata de la sentencia de 24 de noviembre de 2010 (casación 5140/2007), que aparece publicada hoy en la base de datos del Consejo General del Poder Judicial, en la que se señala lo siguiente:

" Y que, en consecuencia, esas funciones cuya especial "naturaleza" son las únicas que permiten legalmente establecer el sistema de libre designación, tratándose de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, habrán de estar referidas a los puestos cuyos cometidos y atribuciones sean equiparables a las que en la LOFAGE corresponden a los Subdirectores generales o a aquellos otros que desempeñen funciones de Secretaría para órganos autonómicos que sean equiparables a los Altos Cargos" (fundamento de derecho sexto)

" En segundo lugar, que no consta que el puesto litigioso tenga reconocida un espacio de iniciativa o
dirección sobre concretas actuaciones pertenecientes al marco de atribuciones del Instituto Canario de
Hemodonación o Hemoterapia, lo cual impide apreciar en dicho puesto el carácter directivo que la LOFAGE
atribuye al cargo de Subdirector general; siendo indiferente a este respecto que no existan eslabones
jerárquicos intermedios entre dicho puesto y el órgano directivo, pues ello expresa el conducto orgánico por
el que directamente se reciben las ordenes pero no un ámbito autónomo de función directiva; y no bastando
tampoco la posibilidad de adoptar resoluciones absolutamente regladas que sólo requieran la mera
confrontación de hechos o la aplicación automática de normas.
Y, en tercer lugar, porque tampoco se enumeran funciones que permitan constatar que el puesto
litigioso tenga funciones o responsabilidades asimilables a la Secretaría de un órgano autonómico que sea
asimilable a los Altos Cargos de la Administración General del Estado" (fundamento de derecho séptimo)

En virtud de estos argumentos el Tribunal Supremo anula el sistema de libre designación en un puesto de Jefe del Servicio de Régimen Jurídico Financiero perteneciente a la Comunidad Autónoma de Canarias.

En consecuencia con lo razonado por el Tribunal Supremo:
1º En las Comunidades Autónomas la libre designación sólo puede usarse en puestos que tengan encomendadas funciones directivas asimilables a los Subdirectores Generales de la Administración del Estado o para Secretarías de altos cargos.

2º Las Jefaturas de Servicio carecen de esas funciones porque no tiene funciones directivas autónomas.

3º Resulta irrelevante que los Jefes de Servicio dependan directamente de un cargo político, "
pues ello expresa el conducto orgánico por
el que directamente se reciben las órdenes pero no un ámbito autónomo de función directiva"

Queda plenamente demostrado, de esta forma, que el proyecto de ley de modificación de la Ley de Función Pública asturiana, en el que se generaliza la obligación de usar el sistema digital para diferentes categorías de puestos de trabajo - entre ellas, las jefaturas de servicio-, argumentando para ello que se trata de puestos de confianza por depender directamente de un alto cargo, contraviene frontalmente la jurisprudencia del Tribunal Supremo.


miércoles, 15 de diciembre de 2010

Intervención de COFPA en la Junta General del Principado


Hoy miércoles, el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies compareció en la Junta General del Principado para expresar su posición sobre el Proyecto de ley de modificación de la Ley 3/1985, de la Función pública asturiana, ante los diputados de la Comisión que conoce dicho proyecto.

Reproducimos la intervención completa de Javier Álvarez Villa, presidente de la asociación y adjuntamos el texto del proyecto de ley

"Buenos días. Agradecemos la invitación a este acto al Grupo Parlamentario del Partido Popular y al diputado del Bloque por Asturies.

El TSJA, en la reciente sentencia de 30 abril del presente año, analiza las funciones de un total de 326 puestos de trabajo de la Comunidad Autónoma, uno por uno, cubiertos por el sistema de libre designación, concluyendo que en 290 de esos puestos se desarrollan funciones administrativas propias de titulados superiores o medios – inspección, informes jurídicos, gestión de expediente administrativos de contratación, de personal etc. – que no comportan ningún elemento directivo o de especial responsabilidad que exija confianza personal alguna , por lo que acaba anulando el uso de dicho sistema excepcional de nombramiento.

Para llegar a esta conclusión, el TSJA aplica la jurisprudencia reiterada, uniforme y constante del Tribunal Supremo – más de 20 sentencias en los últimos tres años -, en el siguiente sentido:
1º La utilización del sistema de libre designación debe justificarse caso por caso, puesto por puesto, motivando adecuadamente en las relaciones de puestos de trabajo el desempeño de funciones directivas o de especial responsabilidad, que requieran la concurrencia del elemento de confianza personal en el funcionario que los ocupe.
2º La excepcionalidad del procedimiento supone que el mismo no puede generalizarse para determinadas categorías de puestos de trabajo – Jefaturas de Servicio, por ejemplo -

Casualmente, cuando la asociación a la que represento anuncia públicamente que pedirá a la Sala la ejecución provisional de la sentencia, el Gobierno asturiano impulsa a toda velocidad, por la vía de urgencia, un proyecto de legalización que impone obligatoriamente el uso de la libre designación para diferentes categorías de puestos - Jefes de Servicio, coordinadores, asesores, incluso para los puestos con funciones de asesoramiento jurídico y de letrados, circunstancia a la que no se había atrevido hasta la fecha ninguna otra Administración del Estado -

Consideramos, por ello, que este proyecto de ley de reforma de la Ley de Función Pública asturiana es un texto inconstitucional por partida doble: de un lado, porque vulnera frontalmente la normativa básica del Estado que pretende desarrollar, al convertir la libre designación en un procedimiento obligatorio para diferentes categorías de puestos de trabajo, en lugar de establecer criterios para determinar en que casos concretos se puede utilizar – posibilidad –, justificando su concurrencia en las relaciones de puestos de trabajo, y de otro, porque su verdadera finalidad es eludir el cumplimiento de varias sentencias judiciales, que declaran ilegal la utilización abusiva que se viene haciendo del sistema, atentando de esta manera contra el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del artículo 24.1 de la Constitución.

En la Exposición de Motivos del proyecto de ley se alude al informe emitido por una Comisión de Expertos durante la elaboración del Estatuto Básico del Empleado Público, con el fin de justificar alguna de las modificaciones propuestas, pero – llamativamente -, el Gobierno se olvida de citar algunos de los párrafos más relevantes de dicho informe, por ejemplo aquél en el que dicha Comisión advierte sobre – cito textualmente - “la extensión inmoderada del sistema de libre designación que, en teoría, debería ser un procedimiento excepcional, limitado a puestos muy determinados, de carácter directivo, de confianza o de alta responsabilidad”, en virtud de lo cual “se ha venido difundiendo una acusada falta de confianza en el modelo de provisión de puestos de trabajo entre los empleados públicos, lo que muchas veces inhibe a candidatos cualificados de participar en procesos de provisión y, en todo caso, reduce su motivación”

De otra parte, el proyecto de ley introduce una segunda novedad gravemente lesiva para el derecho fundamental a una carrera profesional conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad, al ampliar el plazo máximo de duración de los nombramientos provisionales por razones de “urgente y extraordinaria necesidad”, de un año – plazo actualmente vigente – a dos años.

Si se tiene en cuenta que esa experiencia acumulada durante los nombramientos provisionales, que también se hacen a dedo, computará luego como mérito determinante cuando la plaza se saque a concurso público, y que la realidad de la Función Pública asturiana de la última década se caracteriza por la utilización indiscriminada de este tipo de nombramientos digitales por periodos muy superiores al máximo legal permitido; ello nos permite concluir que por esta vía se producirá una extensión “de facto” del sistema dedocrático a la práctica totalidad de los puestos de trabajo.

Como dato suficientemente revelador, baste decir que el último concurso de méritos de jefaturas de negociado válidamente resuelto en la Comunidad Autónoma asturiana data del año 1.997 y el último concurso de secciones y puestos similares del año 2001, cuando existe una obligación legal de convocatoria pública, al menos anual, de los puestos vacantes, que se ha venido incumpliendo de forma sistemática.

Paralelamente a la tramitación de este proyecto de ley, en la Comunidad Autónoma de Galicia se está tramitando otro proyecto con un contenido y finalidad similar. En relación con el mismo, el portavoz del PS de Galicia, D. José Manuel Laje, acaba de afirmar lo siguiente: "Se modifica la ley para poner a la Administración pública gallega al servicio de los intereses de las redes clientelares del Partido Popular"

¿Con qué finalidad se hace aquí una modificación similar de la ley de la función pública asturiana?, nos preguntamos.

Nos dirigimos ahora, en concreto, al grupo parlamentario de IU. La coalición IU se presentó en las elecciones generales del año 2008 con un programa electoral que proponía una serie de medidas para la regeneración de las Administraciones Públicas, entre ellas la siguiente:
“Eliminación del clientelismo y de la patrimonialización que de la función pública han venido haciendo los gobiernos sucesivos, que ha supuesto que valores como la fidelidad política o personal, se antepongan a la capacidad profesional de los empleados públicos. A tal fin se limitarán a los estrictamente necesarios los puestos de libre designación… generalizándose el sistema de concurso como instrumento de provisión de puestos”

Lo coherente, por su parte, ahora tendrá que ser rechazar un proyecto de ley que legaliza la expansión de los nombramientos de confianza en la Administración asturiana, cumpliendo el compromiso cívico asumido ante los ciudadanos y ciudadanas.

Termino. El 11 de noviembre del año 2009 el diario El País publicaba un manifiesto de la organización Transparencia Internacional, titulado “No debemos resignarnos a la corrupción”, en el que se identifica al clientelismo y la falta de transparencia en las instituciones públicas”, como una de las causas fundamentales de la corrupción pública, señalando a continuación que “es incomprensible el uso y abuso de la libre designación en la provisión de puestos en nuestras Administraciones”

Para frenar este proceso, recomienda, entre otras soluciones “un reforzamiento de los mecanismos de mérito e igualdad en el acceso y carrera dentro de la Administración y una evaluación objetiva de nuestras Administraciones y empleados públicos”

El proyecto ley que presenta el Gobierno asturiano en esta Cámara, circula justamente en sentido contrario."

domingo, 12 de diciembre de 2010

Portazo final de los jueces a que los jefes de servicio forales se nombren 'a dedo'



Los altos funcionarios de la Diputación de Álava deben ser elegidos mediante un concurso.


LAS ETAPAS
Finales de 2000: La Diputación de Álava aprueba una relación de puestos de trabajo (RPT) que consigna la elección 'a dedo' para un centenar de jefes de servicio y letrados asesores. Varios funcionarios recurren.
2003: El TSJPV da la razón a los recurrentes. Cuatro años después, el Supremo vuelve a fallar contra el Gobierno foral. Los funcionarios solicitan la ejecución del fallo.
2008: La Diputación aprueba una nueva relación laboral y los funcionarios piden su nulidad.
2009: El TSJPV anula la RPT y, ahora, ha rechazado el último recurso foral.


La política de personal de la Diputación ha recibido un nuevo varapalo judicial. En esta ocasión, la principal novedad se encuentra en la firmeza del dictamen emitido por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, contra el que no cabe «interponer recurso alguno». Los jueces han desestimado el recurso de súplica presentado por el Gobierno foral contra el auto judicial que, a mediados de mayo, anuló la nueva relación de puestos de trabajo (RPT) de la Administración territorial. Los magistrados recuerdan que las jefaturas de servicio -el puesto más alto reservado a los funcionarios de carrera- no pueden ser cubiertas por el procedimiento de libre designación, ya que estos cargos carecen de los requisitos precisos -el «imprescindible poder necesario» y la «especial responsabilidad»- para los que está pensado dicho sistema.


La resolución del TSJPV -el órgano encargado de hacer cumplir los mandatos del Supremo- cierra el recorrido judicial de un conflicto que, en este caso concreto, se remonta a finales de 2000. La institución foral aprobó aquel año una relación de puestos de trabajo en la que se reservaba la elección 'a dedo' para un centenar de puestos de letrado asesor y jefes de servicio. Varios funcionarios recurrieron al entender que este procedimiento menoscababa sus opciones de acceder a estos cargos. Tres años después, llegó la primera sentencia, que les dio la razón.
La Diputación recurrió al Supremo. Y el Alto Tribunal volvió a fallar, cuatro años después, en contra de la política foral de personal. Con esta sentencia en la mano, los funcionarios iniciaron los trámites necesarios para proceder a su ejecución, con el propósito de que se estableciese el concurso de méritos como el sistema de provisión para estos puestos.


Esquivar la sentencia
En este contexto, la institución foral aprobó el pasado año un informe en el que pretendía establecer criterios «objetivos» para determinar qué jefaturas podían ser cubiertas 'a dedo'. Apoyándose en este mismo documento, el Gobierno territorial aprobó el pasado diciembre una nueva relación de puestos de trabajo -el principal instrumento organizativo de relaciones laborales- que restringía la libre designación para 28 altos funcionarios.

Varios de los trabajadores que iniciaron el pleito estimaron que esta nueva relación escondía, en realidad, un intento de «eludir» el cumplimiento de la resolución del Supremo. Entendían que este acuerdo vulneraba el derecho de los ciudadanos a que las sentencias se ejecuten «en sus propios términos». Y por eso decidieron solicitar la anulación del nuevo organigrama laboral. El TSJPV volvió a darles la razón a mediados de mayo.

La Diputación, sin embargo, optó por agotar la vía judicial. A la hora de argumentar la decisión de presentar un último recurso de súplica, el director de Función Pública, César González de Heredia, aseguró que el Gobierno foral no comparte que todas las jefaturas deban ser provistas mediante un concurso de méritos y lamentó que los jueces no tuviesen en cuenta el sistema de valoración que su Departamento utilizó para elaborar la relación de puestos con criterios «objetivos».

El TSJPV, sin embargo, ha vuelto a fallar ahora contra la política foral de personal. La Diputación sustentó su recurso alegando que el auto de ejecución «no descarta» que «algunas» jefaturas puedan ser nombradas 'a dedo' siempre que se justifiquen «caso por caso». Los magistrados subrayan que la Diputación «se desvincula» por completo de la «fundamentación jurídica» del fallo y recuerdan que la alegación foral «no transcribe ningún párrafo de la setencia que se ejecuta que ampare la interpretación que postula». Además, señala que el auto de ejecución cuestionado es «meridianamente claro» cuando dice que la sentencia «no se limitó a exigir» un razonamiento que justificase la «validez del sistema».


martes, 7 de diciembre de 2010

El PSdeG denuncia que se elegirán funcionarios a dedo al servicio del PP



El Correo Gallego
02.12.2010

La ampliación de la posibilidad de emplear la libre designación de funcionarios a la cobertura de puestos de cualquier nivel en la Administración se ha convertido en una nueva polémica en la función pública. El Movemento pola Igualdade no Emprego Público (MIEP) fue el primero hace unos días en poner el foco sobre este cambio -introducido por los populares en la ley de acompañamiento de los presupuestos de 2011- y advertir que abre las puertas "á politización e o enchufismo" en la Xunta. Ayer fue el turno de los socialistas, que exigirán en el Parlamento que se dé marcha atrás en una reforma que, considera el diputado José Manuel Lage, desprende "un tufillo a clientelismo e discrecionalidade". La Consellería de Facenda se defiende señalando que esta posibilidad ya existía en la Lei de Función Pública de 1988, pero que no contaba con "criterios tasados" para aplicarla y que sí se usarán, dice, cuando se apruebe la reforma. A partir de ahora, insiste el departamento de Fernández Currás, se tendrán en cuenta "elementos objetivos" que permitan "apreciar la pertinencia" del recurso a la libre designación, en caso de puestos con funciones que revelen "una especial responsabilidad".

La Xunta dice que así se aplicarán unos criterios que ya fueron negociados con los sindicatos y que, al introducirse en una ley, tendrán "más fuerza jurídica". Parten, según Facenda, de un acuerdo firmado entre la Xunta y las organizaciones sindicales en 2008, cuyo objetivo era "determinar los criterios y funciones que definen la especial responsabilidad de los puestos de libre designación".

Según este pacto, se reconocen como puestos susceptibles de cubrir a dedo aquellos que son especialmente sensibles porque suponen "gestionar información reservada de la Xunta, garantizar el adecuado ejercicio de autoridad administrativa, garantizar una adecuada toma de decisiones en situaciones de alerta sanitaria o emergencia y garantizar la protección de los datos personales".

Los socialistas insisten, sin embargo, en que la reforma legislativa busca politizar la función pública. "Modifícase a lei para poñer a Administración pública galega ao servizo dos intereses e das redes clientelares do Partido Popular", sostiene rotundo el portavoz del área institucional del Grupo Parlamentario Socialista, que ha presentado una interpelación en el Parlamento con el objetivo de conocer "os motivos que ten o Goberno" para extender las libres designaciones a funcionarios de un nivel inferior a los jefes de servicio, "abrindo unha vía de discrecionalidade infinita".

"É un paso atrás que empobrecerá a administración ao optar por elixir cargos intermedios en función da súa cor política e non dos méritos ou da capacidade", concluye.

miércoles, 1 de diciembre de 2010

COFPA ESIXE AL SR. ARECES EL CESE DE LA CONSEYERA MIGOYA Y DEL DIREUTOR XENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

Nun va muncho COFPA pidió la dimisión de la Sra. Migoya con motivu de la riestra de sentencies xudiciales que valtiaben los nomamientos de funcionarios a deu y les convocatories de concursos de méritos.

Güei sabemos que’l Xuez titular del Xulgáu de lo Contencioso-Alministrativu númberu 5 d’Uviéu, en viendo que dende Función Pública pasaba’l tiempu y nun sólo nun facíen casu de los sos determines, sinón que s’actuaba escontra de lo dicho nellos, tuvo que dictar un autu alvirtiendo-y a ella y al Sr. Direutor Xeneral de la Función Pública de que si nun daben cumplimientu a les resoluciones xudiciales recayíes na tema del concursu de Xefes de Negociáu:
a) Diba pone-yos una multa de les del artículu 112.a) de la Llei de la Xurisdicción Contencioso-Alministrativa. Estes multes van de 150 a 1.500 euros y, lóxicamente, deberíen pagales ellos del so bolsu y non l’Alministración coles perres de toos.
b) Pasar l’asuntu a la xurisdicción penal pa que-yos esixiesen la responsabilidá penal que correspuenda.

La gravedá d’esta situación, el dañu qu’esto causa a l’Alministración, l’exemplu que se da a los ciudadanos que ven que pa que se cumpla lo que dicen les sentencies hai qu’alvertir a una Conseyera y a un Direutor Xeneral con multes y con tener que retratase delantre d’un Xuez de lo penal por si la so desobediencia fuera un delitu; toes estes circunstancies llevénnos a esixir al Sr. Álvarez Areces que, pal casu de qu’estes dos persones nun dimitan (cosa que con un mínimu de dignidá tendríen de facer agora mesmo) tome’l determín de facelos cayer de los sos cargos urxentemente.

Los mandaos de la Constitución de qu’hai que sometese a les Lleis, cumplir coles sentencies y collaborar colos Xueces y Tribunales nun dexen otra solución.

Uviéu, 1 d’avientu del 2010
La Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies



COFPA EXIGE AL SR ARECES EL CESE DE LA CONSEJERA MIGOYA Y DEL DIRECTOR GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

No hace mucho tiempo COFPA pidió la dimisión de la Sra. Migoya con motivo de la larga lista de sentencies judiciales que anulaban el sistema de nombramiento de funcionarios a dedo y las convocatorias de concursos de méritos.

Hoy sabemos que el Juez titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Oviedo, viendo que desde Función Pública se dejaba pasar el tiempo y no sólo no se hacía caso de sus determinaciones, sino que se actuaba en contra de lo dicho en las sentencias firmes, tuvo que dictar un auto advirtiendo a la Sra. Consejera y al Sr. Director General de la Función Pública que si no daban cumplimiento a las resoluciones judiciales recaídas en el asunto del concurso de Jefes de Negociado:
a) Les impondría una multa de las previstas en el artículo 112.a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Estas multas van de 150 a 1.500 euros y, lógicamente, deberían pagarlas ellos de su bolsillo y no la Administración con el dinero de todos.
b) Pasaría el asunto a la jurisdicción penal para que ésta les exigiera la responsabilidad que corresponda.

La gravedad de esta situación, el daño que la misma causa a la Administración, el ejemplo que se da a los ciudadanos, que ven que para que se cumpla lo que dicen las sentencias hay que advertir a una Consejera y a un Director General con multas y con el requerimiento de responsabilidades ante un Juez de lo penal por si su desobediencia fuera constitutiva de delito; todas estas circunstancias nos llevan a exigir al Sr. Álvarez Areces que, para el caso de que estas dos personas no dimitan (decisión que, con un mínimo de dignidad, tendrían de adoptar ahora mismo), tome la decisión de destituirlos de sus cargos urgentemente.

Los mandatos de la Constitución de que la Administración Pública debe someterse a las Leyes, cumplir con las sentencias y colaborar con los Jueces y Tribunales, no dejan otra solución.

Uviéu, 1 d’avientu del 2010

La Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies

viernes, 26 de noviembre de 2010

EL GOBIERNO ASTURIANO APRUEBA EL PROYECTO DE LEY QUE LEGALIZA LOS NOMBRAMIENTOS A DEDO



Fuente: "La Tira y Afloja" de La Nueva España

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Y después de la seriedad de "La Tira y Afloja", una gota de humor surrealista...:

La función pública, según Fernández

El candidato socialista plantea una reforma de la Administración basada en «igualdad, mérito y capacidad» para «desterrar los tópicos de ineficacia»

Nota aclaratoria: por si alguien no lo supiese, el Sr. Fernández es el candidato del PSOE al Principado de Asturias en las próximas elecciones autonómicas. El equipo gobernante de este partido es el que aprobó el Proyecto de Ley para elegir a dedo a todos los jefes de servicio y otros puestos adscritos a funcionarios.

martes, 23 de noviembre de 2010

ARECES PRETENDE LEGALIZAR LA DEDOCRACIA COPIANDO EL MÉTODO DE CAMPS

En el día de ayer se difundió por la intranet del Principado el borrador del anteproyecto de ley de modificación de la Ley de Función Pública asturiana que el Gobierno del PSOE-IU pretende aprobar con la próxima ley de presupuestos. En él se establece la obligación de nombrar por el procedimiento de "libre designación" - sistema del dedo - a la totalidad de puestos de jefatura de servicio, coordinadores y asesores y otros adicionales en los que se estime necesaria la concurrencia de confianza personal en el funcionario elegido.


Con este anteproyecto de ley, el Gobierno Areces se propone legalizar por la vía rápida el sistema dedocrático de nombramientos anulado por la Justicia asturiana en cuatro sentencias consecutivas del TSJA, mediante un traca final de exhibicionismo clientelista que dejará como herencia al Gobierno que surja de las urnas en el mes de mayo.


La iniciativa legislativa que ahora se conoce copia el sistema patentado por el Gobierno de Camps en la ley de función pública valenciana aprobada en el mes de julio, siguiendo al pie de la letra la política caciquil del Partido Popular en esa Comunidad Autónoma.


Esta anteproyecto de ley, que es un reflejo fiel de los principios por los que se ha regido la Función Pública asturiana en la última década, coloca en una posición especialmente delicada a la coalición Izquierda Unida, en su condición de socio del Gobierno, que en el programa electoral presentado a las últimas elecciones generales postulaba la necesidad de terminar con el clientelismo funcionarial.


Con el fin de frenar este último golpe contra la imparcialidad y la objetividad de los funcionarios y funcionarias del Principado y al servicio del control partidista de la gestión democrática de los intereses generales, el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies llama a la movilización unitaria de todas las organizaciones sindicales y a la concienciación de la opinión pública asturiana.



Oviedo, 24 de noviembre de 2010



La Xunta Directiva de COFPA



ARECES PRETENDE LLEGALIZAR LA DEUCRACIA COPIANDO’L MÉTODU DE CAMPS

Ayeri espardióse pela intranet del Principáu'l borrador del anteproyeutu pal camudamientu de la Llei de Función Pública asturiana que'l Gobiernu del PSOE-IX quier aprobar cola próxima llei de presupuestos. Nél establez la obligación de nomar pol procedimientu de "llibre designación" - sistema del deu - a la totalidá de puestos de xefatura de serviciu, coordinadores y asesores y dellos otros más nos que sevalore necesaria la concurrencia d'enfotu personal nel funcionariu escoyíu.

Con esti anteproyeutu de llei, el Gobiernu Areces propónse llegalizar pela vía rápida'l sistema deucráticu de nomamientos anuláu pola Xusticia asturiana en cuatro sentencies consecutives de la TSXA, per aciu d´una traca final d'exhibicionismu clientelista que va dexar como heriedu al Gobiernu que surda de les urnes nel mes de mayu.

La iniciativa llexislativa qu'agora se conoz copia'l sistema patentáu pol Gobiernu de Camps na llei de función pública valenciana aprobada nel mes de xunetu, siguiendo ce por be la política caciquil del Partíu Popular nesa Comunidá Autónoma.

Esti anteproyeutu de llei, que ye un reflexu fiel de los principios pelos que s’empobinó la Función Pública asturiana na cabera década, asitia nuna posición especialmente delicada a la coalición Izquierda Xunida, na so condición de sociu del Gobiernu, que nel programa electoral presentáu a les últimes elecciones xenerales glayaba pola necesidá de terminar col clientelismu funcionarial.

Cola fin d’aparar esti últimu golpe contra la imparcialidá y la oxetividá de los funcionarios y funcionaries del Principáu y al serviciu del control partidista de la xestión deucrática de los intereses xenerales, el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies llama a la movilización sindical unitaria de toles organizaciones y a la concienciación de la opinión pública asturiana.

Uviéu, 24 de payares de 2010
La Xunta Direutiva de COFPA

domingo, 21 de noviembre de 2010

Charra coloquiu sobre’l Sahara



El prósimu xueves 25 de payares tendra llugar n’Avilés un actu sobre’l Sahara.Va Ser una charra coloquiu entamada pol "Club de la Nueva España" qu’empezara a les 7 de la tarde na Casa de la Cultura d’Avilés.

Na mesa van tar: Gemma Arbesú Sancho - Miembru del Observatoriu Asturianu de Derechos Humanos pal Sahara Occidental-, Mohamed Abdallahe (Naama) - Es-presu políticu saharagüi-, y Bachir Salek -Es-delegáu del Frente Polisariu-.

jueves, 18 de noviembre de 2010

En defensa de la función pública



Respuesta a quienes postulan un retroceso en las garantías de la Administración

IGNACIO ARIAS
LETRADO DE LA JUNTA GENERAL DEL PRINCIPADO

Nunca se nos ocurriría sugerir líneas de estrategia empresarial, y menos aún hacerlo en foros con potencial repercusión pública. Y no lo haríamos porque carecemos de los conocimientos necesarios para emitir una opinión fundada en tal materia.

No parece ser ésa la actitud de Isaak Andic, presidente de Mango, a tenor de las declaraciones formuladas en el marco de la rueda de prensa en la que intervino como presidente del Instituto de Empresa Familiar, en las que propugnaba que los funcionarios tuvieran una estabilidad en el empleo similar a la de la empresa privada y una retribución variable.

Ambas sugerencias son absolutamente inaceptables. La primera, porque supondría un atentado al actual sistema constitucional, y la segunda, porque representaría ahondar en uno de los mayores problemas que aquejan actualmente a la función pública: el clientelismo.

Aunque ya dijo el filósofo griego Cleóbulo de Lindos que «nada hay en el mundo tan común como la ignorancia».

El señor Andic debería saber -y en caso contrario, no opinar- que el factor humano que integra el complejo organizativo de las instituciones públicas está integrado por dos tipos de colectivos: los políticos y los empleados públicos.

Dentro de los primeros los hay que han sido elegidos directamente por los ciudadanos o designados por órganos con representatividad democrática para dirigir la política del país (diputados, senadores, miembros del Gobierno, alcaldes, concejales, miembros del Tribunal Constitucional, del Consejo General del Poder General, Defensor del Pueblo, etcétera). Otros forman parte de órganos administrativos colegiados y consultivos representativos de intereses sociales (económicos, sindicales, profesionales, etcétera).

Dentro de los segundos se encuentran los funcionarios, el personal laboral y el personal eventual. Los dos primeros han accedido al empleo público -puede haber excepciones- mediante la superación de un proceso selectivo; el personal eventual es designado por el personal político para cargos de confianza o asesoramiento especial y cesan con la autoridad o el cargo que los nombró.

El primer conjunto de personas, los elegidos por el pueblo y los designados por los órganos democráticos, integra lo que se denomina la democracia. El segundo, los empleados públicos, integra la denominada burocracia.

El nacimiento de la burocracia pública moderna surge a iniciativa de Napoleón y pivota en torno a la figura del funcionario público inamovible. Esta condición del funcionario público que accede a su empleo por mérito y capacidad ya está presente en la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, en la que se establece que «todos los ciudadanos, al ser iguales ante ella (la ley), son igualmente admisibles a todas las dignidades, puestos y empleos públicos, según su capacidad y sin otra distinción que la de sus virtudes y la de sus talentos».

Democracia y burocracia profesionalizada. Ambas deben convivir y en ambas el elemento humano goza de idéntica legitimidad. El principio de mérito y capacidad, en cuanto produce designaciones a través de competiciones abiertas entre los ciudadanos, es un principio de justificación democrática tan sólido como el principio electivo: una competición por los votos frente a una competición sobre la aptitud profesional porque los espacios a ocupar requieren en un caso el mayor apoyo popular y en otro el mayor nivel de excelencia.

Por tanto, la inamovilidad del funcionario público, aparte de ser una necesidad que la historia ha demostrado como ineludible, constituye una exigencia del Estado de Derecho, y nunca puede ser calificada como un privilegio.

La tesis defendida por el señor Andic supone recuperar las cesantías y un retroceso en las garantías de la Administración y del ciudadano. Si aplicara este mismo ítem histórico a la organización de sus empresas, volveríamos a las jornadas de sol a sol y a los salarios de subsistencia.

Es, en definitiva, una ocurrencia tan estrambótica e inconstitucional como si pretendiera que los miembros de las Cortes Generales estuvieran ligados por mandato imperativo.

Por lo que se refiere a la retribución variable, nada ha erosionado más la función pública que los intentos de introducir retribuciones en función del rendimiento.

En primer lugar, porque en la Administración ni se fabrica ni se vende ropa ni se hacen tornillos, y en la mayor parte de los puestos de trabajo es prácticamente imposible medir un rendimiento. ¿Cómo se mide la productividad de un ordenanza, de la encargada de un registro, de un bombero -por poner sólo algunos ejemplos- cuyo volumen de trabajo depende de voluntades ajenas?

En segundo lugar, porque aunque sea posible diseñar en determinados puestos de trabajo un modelo retributivo en el que parte del salario se estructure en torno a la implicación del funcionario en el desarrollo de sus funciones, los sistemas que se han pretendido implantar hasta ahora dejan a la discrecionalidad de los centros directivos, cuyos titulares son cargos políticos o de libre designación, la determinación de los destinatarios y del importe de esa retribución variable.

Bajo estas premisas -y a los hechos nos remitimos- cualquier intento de incentivar al funcionario eficaz y eficiente está condenado al fracaso porque quien acaba siendo destinatario del premio salarial es el empleado afín, sumiso u obediente.

Sólo es posible arbitrar sistemas de retribución variable en la Administración Pública que garanticen la neutralidad del empleado público, cuando tal variabilidad dependa de elementos objetivos y objetivables a partir de los cuales el interesado, con sólo subsumir su situación de hecho en el marco legal establecido, pueda conocer el importe de su salario. Pensemos, por ejemplo, en cursos de formación y de reciclaje profesional a través de los cuales se evidencie el afán del funcionario por actualizar sus conocimientos y, por tanto, ser eficaz y eficiente en el desarrollo de sus funciones.

Los excesos en la aplicación de las pautas de organización propias de la empresa privada en la Administración Pública pueden reducir las garantías del sistema de mérito y la imparcialidad del funcionario público.

Sugerimos al señor Andic que se dedique a gestionar la empresa que tan acertadamente dirige, pero que se abstenga de juzgar asuntos ajenos en los que no es experto, consejo que está en el origen del manido refrán «zapatero, a tus zapatos».

martes, 16 de noviembre de 2010

50.000 funcionarios protestan contra el 'enchufismo' en la Junta de Andalucía




El portavoz de la Plataforma de Opositores y Funcionarios de la Junta de Andalucía, Pedro Ruiz Trillo, ha calificado de "hito histórico" la manifestación masiva de protesta contra la situación de la función pública andaluza que ha recorrido este sábado las calles de Sevilla.

Ruiz Trillo ha destacado que esta protesta, que, según sus datos ha reunido a 50.000 personas y ha concluido frente al Parlamento de Andalucía bajo el lema 'Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública', marcará "un antes y un después" en las relaciones laborales de la administración autonómica "y en el dignidad del empleo público".

Esta plataforma nació hace unos meses como respuesta de protesta ante lo que estos trabajadores consideran "injusticias" y "arbitrariedades" impulsadas por recientes reformas administrativas impulsadas por el Gobierno andaluz, en especial la fusión de empresas y agencias públicas que reemplazan al funcionario por empleados "contratados a dedo".

Ruiz Trillo ha enfatizado que esta plataforma se rige "desde lo apolítico y lo sindical", respeta las instituciones pero "desconfía" de muchos de sus dirigentes y no está asociada con ningún partido político.

Independencia
El objetivo principal de esta plataforma es "la regeneración" de la administración andaluza y la derogación del decreto de unificación de agencias y empresas autonómicas porque, en su opinión, "elimina el poder ejecutivo en Andalucía, fusionándolo con el legislativo y politizando la acción social de la administración".

Esta plataforma ha denunciado en las últimas semanas varios casos de presuntas irregularidades administrativas y asegura que el nuevo decreto aprobado por la Junta de Andalucía bloquea el acceso a la función pública por principios de capacidad y mérito para "abrir las puertas" a más de 20.000 trabajadores externos, "de los que la gran mayoría han sido elegidos a dedo en procesos deliberadamente oscuros".

Denuncia que el funcionariado andaluz pierde "su legitimidad e imparcialidad" por esta política "de acoso y derribo y de politización" de los servicios públicos que, en su opinión, obedece a un "blindaje de enchufados, ante una probable debacle del PSOE en las urnas".

"La ciudadanía no lo sabe, pero sólo uno de cada tres trabajadores de la Junta de Andalucía y de su ingente Administración Paralela, es funcionario".

Pitadas y enchufes
Según el portavoz de esta plataforma, de la envergadura de la manifestación da una idea el hecho de que se hayan contratado más de cien autocares para trasladar a manifestantes desde todas las provincias andaluzas. Efe ha intentado, sin éxito, conocer los cálculos de participación en esta protesta de la Delegación del Gobierno y del CECOP de Sevilla. Lo cierto es que, llevando enchufes y pancartas, pitando y coreando consignas contra la reestructuración, los trabajadores públicos han respondido masivamente a la convocatoria.

"Estamos en contra del enchufismo, somos funcionarios de carrera", explicaba uno de los trabajadores que hoy se ha echado a la calle. "No me manifiesto por no por perder mi empleo tanto como no por subordinarme a gente sin la preparación que yo tengo, tras una oposición pública", agregaba otra de las manifestantes.

El PP pide que el decreto se anule
El PP, por su parte, ha afirmado que el decreto de reordenación es "una barbaridad jurídica y política", y "una prueba más del sectarismo, la soberbia y la prepotencia" del Gobierno autonómico.

El secretario general del PP-A, Antonio Sanz, ha recalcado que, "con o sin manifestación, no cabe otro escenario que la derogación inmediata y urgente" del decreto, que la Junta acordó modificar posteriormente con UGT y CCOO, y que han recurrido la CSIF y otros sindicatos.

Histórica manifestación de funcionarios en Sevilla

domingo, 14 de noviembre de 2010

Número 11 de Atlántica XXII, revista asturiana de información y pensamiento




Sumario
Información
PP, la derecha asturiana al abismo. Xuan Cándano.
El incierto futuro de la Monarquía española. Bernardo Solís.
Monarquía y Federalismo. Ignacio Villaverde Menéndez
Crónica negra de Avilés. Luis Ángel Vega
Viveros del Sueve: sigue la humillación. Ana Lobo y Xuan Cándano
Galería de heterodoxos: Jerónimo Granda

Afondando
El triunfo del capitalismo gerencial. Luis Aurelio González Prieto
Democracia de encuestas. Oscar R. Buznego
Las tumbas civiles. Sergio Sánchez Collantes
El asturiano Arango, anarquista en Buenos Aires. Yolanda Giraldo
Gabón. Paul de Zardain
Bolonia y la crisis de las Humanidades. Francisco G. Orejas
Dios: una hipótesis innecesaria. Sergio C. Fanjul
Hombre al volante... Beatriz R. Viado
Ultras en el fútbol. David Artime

Cultures
Entrevista a Dark la eMe. Sofía Castañón
¿Qué premia tanto premio literario? María Antonia Mateos
Camín y la poesía afrocubana. Víctor Puertodán
Camín, con la pendencia a cuestas. Albino Suárez
David y Maxi, teatreros precarios. Diego Díaz
Últimos días de Kashgar. Rita Álvarez Tudela
El rock experimental de Eels. Carlos Barral Álvarez
Asturies underground. Mr. X. Sofía Castañón
Crónicas desde el olvido: Dolores Medio
El `casting´ de Milio Rodríguez Cueto: Fernando Lastra
El Teatro Precario de Maxi Rodríguez. Soliloquio del Insolvente
De los lectores

Articulos de opinión:
Xuan Cándano, Gregorio Morán, Santiago Alba Rico, Faustino F. Alvarez, Fulgencio Argüelles, Fonsu Velázquez y Elena Carantoña.

Tira
Adolfo Manzano y Alberto Cimadevilla.
Fotografías:
Mario Rojas, Paco Paredes, Eloy Alonso, María Arce, Isabel Permuy, Armando Álvarez, Ricardo Solís, Paul de Zardain, Tania Cascudo, Rita Álvarez Tudela y Juan Tizón

Ilustraciones: Alberto Cimadevilla
Portada y maquetación: Amelia Celaya (Foto Mario Rojas).
Página artística: Pablo de Lillo. Puedes ver los números anteriores de la revista en la sección Archivo.

jueves, 11 de noviembre de 2010

Informe de la Comisión de Expertos sobre el Estatuto Básico del Empleado Público


"Otro de los problemas prácticos a que conduce la rigidez de los concursos es la extensión inmoderada del sistema de libre designación, que, en teoría, debería ser un procedimiento excepcional, limitado a puestos muy determinados, de carácter directivo, de confianza o de alta responsabilidad. Pero los puestos de trabajo que, en el conjunto de las Administraciones Públicas, se proveen por libre designación han desbordado ese ámbito tan estricto.

Además, este procedimiento exige convocatoria pública –como ha tenido que recordar recientemente el Tribunal Constitucional- y debe fundarse también en la exigencia de determinados requisitos de los candidatos. Pero, en la realidad, dichos requisitos suelen limitarse a la pertenencia a un grupo de titulación. En consecuencia, el procedimiento de libre designación se ha convertido en una forma de provisión en la que rige una discrecionalidad prácticamente absoluta, pues no es necesario definir, acreditar ni motivar la concurrencia de méritos de los interesados.

En virtud de todo lo anterior, se ha venido difundiendo una acusada falta de confianza en el modelo de provisión de puestos de trabajo entre los empleados públicos, lo que muchas veces inhibe a candidatos cualificados de participar en procesos de provisión y, en todo caso, reduce su motivación"

lunes, 8 de noviembre de 2010

IU de Andalucía propone acabar con el clientelismo funcionarial de los asesores y de los nombramientos a dedo



02.11.2010

El programa marco de IU-CA para las próximas elecciones subraya la necesidad de "delimitar con claridad los ámbitos políticos y administrativos o de gestión y clarificar sus respectivas responsabilidades hoy bastante confusas" con el objetivo de "potenciar una administración profesionalizada y eficiente diferenciada de los puestos políticos". O dicho de otra manera: la coalición de izquierdas persigue "dignificar" el servicio público local como medida como "acabar con el clientelismo que se produce en la asignación de los puestos directivos de libre designación y con el ejército de asesores que rodea a los altos cargos".

En el documento propone como principio general "eliminar el clientelismo y la patrimonialización que de la función pública han venido haciendo los gobiernos sucesivos del Estado, de las comunidades autónomas y de los ayuntamientos, y que ha supuesto que valores como la fidelidad política y personal, se antepongan a la capacidad profesional de los empleados públicos". IU-CA plantea "acabar con el clientelismo que se produce en la asignación de los puestos directivos de libre designación y con el ejército de asesores que rodea a los altos cargos" porque, en su opinión, todo ello se traduce en "la creación de administraciones paralelas que marginan a las estructuras orgánicas".

La formación de izquierda también incluye en su programa marco municipal un capítulo dedicado a la "lucha contra la corrupción", a la que considera un "fenómeno estructural del capitalismo que deteriora la democracia y niega los principios de transparencia e igualdad".

viernes, 5 de noviembre de 2010

Una nueva sentencia del TSJA anula el nombramiento a dedo en 299 puestos del Principado

En el día de hoy el TSJ de Asturias ha notificado a los tres miembros de esta asociación responsables del recurso contencioso - administrativo la Sentencia nº 1208/10, de 29 de octubre, en la que se anula nuevamente el sistema digital de nombramientos de funcionarios que ya había sido declarado ilegal en la anterior de sentencia de 30 de abril de 2010 ( 281 puestos de Jefes de Servicio, Coordinadores , Asesores y similares, ampliados en 10 más por Auto de 22 de junio de 2010), anulación que se extiende a otros ocho puestos más creados con posterioridad.


El Gobierno del Principado de Asturias, lejos de cumplir de forma responsable las diferentes resoluciones judiciales que desde el año 2009 vienen declarando la ilegalidad del uso masivo de la "libre designación" como método de nombramiento de funcionarios, en consonancia con la jurisprudencia constante y uniforme del Tribunal Supremo, y sustituir este procedimiento excepcional y extraordinario por el normal y ordinario del concurso de méritos; ha entrado en una carrera alocada de rebeldía frente al Derecho, aprobando una nueva relación de puestos de trabajo el 18 de marzo de 2009, que ahora se anula, en la que no sólo se mantiene el método del "dedo" para los puestos en los que ya se había declarado ilícito, sino que se extiende a varios más, que de nuevo se declaran ilegales.


Las sentencias anteriores del TSJA no han sido ejecutadas hasta la fecha porque el Gobierno asturiano, actuando irresponsablemente con el dinero de los ciudadanos y ciudadanas de Asturias, decidió recurrirlas en casación ante el Tribunal Supremo, a sabiendas de la imposibilidad jurídica de que tales recursos puedan prosperar, en una política de "tierra quemada" que sólo pretende trasladar a los futuros gobernantes una Función Pública caótica y absolutamente degradada.


Con el fin de poner coto a este estado de cosas, manifiestamente lesivo para los intereses de Asturias, el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies anuncia que solicitará la ejecución provisional de la sentencia hoy notificada.


Porque otra Función Pública es posible en Asturias.


Oviedo, 5 de payares de 2010

la Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies





jueves, 4 de noviembre de 2010

Un Auto judicial que destapa las miserias del Gobierno asturiano




Hoy se ha podido conocer el contenido del Auto dictado el 2 de noviembre por el Juzgado de lo contencioso - administrativo nº 5 de Oviedo, en el que acuerda la ejecución provisional de una sentencia del mismo Juzgado que anula la convocatoria de un concurso de méritos de puestos de Jefatura de Sección y similares.


El Auto judicial revela la situación de "caos total" de la Función Pública asturiana, descrita en una entrada anterior de este blog, que ha sido generada por una política de personal irresponsable, clientelista y al margen de la legalidad. Esta gestión política se ha ido desarrollando y consolidando a lo largo de la última década bajo la dirección de los consejeros/as que se han sucedido al frente de la Función Pública asturiana y, en útima instancia, del Presidente del Gobierno, "desafiando la más elemental prudencia" y con el "intento indisimulado de posponer los hechos ilícitos consumados", por utilizar dos expresiones muy significativas extraídas del Auto judicial.


Nadie ha asumido responsabilidades políticas ni de otra índole hasta la fecha ni, previsiblemente, lo hará, ofreciendo una imagen de "democracia impune" que sólo puede consumarse por la inoperancia de la oposición política y de la acción sindical.




martes, 2 de noviembre de 2010

El PSOE de Canarias denuncia los nombramientos a dedo de las jefaturas del Servicio Canario de Salud




eldigitalde canarias
30/10/2010

eldia




El PSC-PSOE, a través de su portavoz parlamentaria de Sanidad, Lola Padrón, insta al consejero Fernando Bañolas a profesionalizar “urgentemente” las gerencias de los centros sanitarios públicos de Canarias con el objetivo de que sus responsables respondan a las necesarias exigencias profesionales, “y no a un perfil político, que fue el criterio del PP durante su etapa al frente de la Consejería”.

Tras la remodelación del Gobierno de Canarias como consecuencia de la salida del PP, Padrón subraya que Sanidad “debe estar al margen de estos esperpénticos vaivenes”, e insiste en que de la gestión de la consejería que dirigió Roldós hasta la pasada semana “se desprende una evidente falta de profesionalización en los cargos en los que descansa la gestión de los fondos dedicados a la sanidad pública canaria”.

La diputada acusa al PP de haber “nombrado a dedo, en la escala de mandos del Servicio Canario de Salud, todos aquellos cargos que llegaban hasta los jefes de servicio, cuestión que ha derivado en la politización más absoluta de la sanidad pública y, por tanto, en la ‘supra-externalización’ de servicios y la promoción, indirecta en unos casos y directa en otros, de la sanidad privada”.

A su juicio, “resulta evidente que la escala de mandos siempre respondió con el PP a sus intereses de partido y que introdujo comisarios políticos en las gerencias de los hospitales”. Así, indica que, en este momento, “el consejero que se supone apuesta por la gestión de recursos controlada para evitar disparar el gasto no puede tener al frente de las gerencias de los centros públicos canarios a los arietes de Mercedes Roldós y el PP”.

Por ello, reitera que estos cambios “deben producirse conjuntamente con el relevo del consejero, porque si no, estará asumiendo una nefasta gestión que ha marcado en la sanidad pública canaria una de las peores etapas de su historia y en la privada, una de las mejores en rentabilidad económica”. Añade que continuar con las mismas gerencias “crea malestar entre los profesionales sanitarios, que son quienes salvan el sistema tras el desastre ocasionado por el PP y CC, que ha llevado a las cotas más altas las listas de espera tras asumir su control la Administración y no los profesionales”.

Lola Padrón ve “inadmisible” que desde las gerencias “se sigan tomando decisiones que perjudican a la calidad, como las que se pretenden adoptar en el Hospital del Tórax por parte de la gerencia de La Candelaria en cuanto a la reducción de personal y número de camas, que afecta directamente a la calidad de los servicios”.

Por último, la representante del PSC-PSOE destaca que el recorte presupuestario “no puede ser un pretexto para mermar la calidad en el servicio a los pacientes y en las condiciones de trabajo de quienes atienden la sanidad pública”, al tiempo que se muestra contraria a la “externalización de determinados servicios que se encuentran en los hospitales públicos y a los que hay que sacarle el 100 por cien de su rendimiento, mientras se está concertando con clínicas privadas”.




miércoles, 27 de octubre de 2010

Anulado el sistema de nombramiento a dedo en otros 30 puestos


Una nueva sentencia de la Sala de lo contencioso - administrativo del TSJ de Asturias, de 21 de octubre, acaba de anular el sistema de nombramiento a dedo de 30 puestos más (jefes de servicio, coordinadores, asesores) adscritos a los grupos A1/A2 (B) de la relación de puestos de trabajo de la Administración asturiana.

Desde esta asociación nos congratulamos de las iniciativas de otras organizaciones y compañeros que, actuando con valentía y en defensa de la dignidad de la función pública asturiana, culminan con decisiones judiciales como la comentada, que desvelan la utilización abusiva y manifiestamente ilegal de la "libre designación"

Estamos convencidos de que esta no será la última sentencia que declare la ilegalidad de los procesos de reclutamiento a dedo de la élite funcionarial en el Principado de Asturias. En todo caso, constituye un paso más en el proceso de derribo de la "dedocracia asturiana"









martes, 26 de octubre de 2010

Piden a la FSA que aclare si apoyará un sistema de empleo público transparente

La Voz de Asturias

FUNCIÓN PÚBLICA: El Conceyu por otra función pública en Asturies considera "imprescindible" conocer el parecer del nuevo candidato socialista, y le emplazan a pronunciarse sobre si se opondría a un posible intento del Gobierno para "legalizar la dedocracia" en los próximos presupuestos

25/10/2010 14:08 / / OVIEDO

El Conceyu por otra función pública en Asturies ha emplazado hoy al candidato socialista a la Presidencia del Principado, Javier Fernández, a aclarar si defenderá en su programa electoral un sistema de empleo público "transparente, democrático y no clientelista".

Este colectivo recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias el sistema de nombramientos de jefes de servicio en el Principado que fue estimado parcialmente por lo que se anuló la fórmula empleada en el designación de 241 cargos en la administración autonómica.

En un comunicado, el Conceyu recuerda que el Partido Socialista de Galicia ha exigido a la Xunta de Galicia, gobernada por el PP, que abandone su intención de "blindar" en los próximos presupuestos el nombramiento a dedo de los jefes de servicio, "vinculando dicha exigencia a la regeneración de la función pública gallega".

A su juicio, los socialistas gallegos aciertan al afirman que de las jefaturas de servicio depende el desarrollo de las funciones administrativas ordinarias "por lo que su designación no puede efectuarse en base a la confianza política, sino por concurso de méritos".

Para el Conceyu, este planteamiento contrasta con la política del Gobierno asturiano en la última década en la que, aseguran, se han creado nuevas categorías de personal de nombramiento digital (coordinadores, asesores etc.) que se mantienen "a pesar de las repetidas y sucesivas anulaciones judiciales" y se incumplía la obligación de cubrir las vacantes por concurso de méritos.

Así, consideran "imprescindible" conocer el parecer del nuevo candidato socialista a la Presidencia del Principado y le emplazan además a pronunciarse sobre si se opondría a un posible intento del Gobierno para "legalizar la dedocracia" en los próximos presupuestos.

Ver noticia en:

El Comercio

Asturbulla


lunes, 25 de octubre de 2010

EL PARTIDO SOCIALISTA DE GALICIA EXIGE A FEIJOO LA SUPRESIÓN DE LOS NOMBRAMIENTOS A DEDO DE LOS JEFES DE SERVICIO . ¿ QUÉ OPINA D. JAVIER FERNÁNDEZ?

El Partido Socialista de Galicia acaba de exigir enérgicamente al gobierno popular de Feijoo que abandone su intención de blindar mediante la próxima ley de presupuestos el nombramiento a dedo de los Jefes de Servicio, vinculando dicha exigencia a la regeneración de la Función Pública gallega. El portavoz socialista da en el clavo cuando afirma que de las Jefaturas de Servicio depende el desarrollo de las funciones administrativas ordinarias, por lo que su designación no puede efectuarse en base a la confianza política, sino por concurso de méritos.


Este planteamiento contrasta con la política desplegada por el Gobierno del Sr. Areces en la última década, en la que se han creado nuevas categorías de personal de nombramiento digital (coordinadores, asesores etc.), que se mantienen a pesar de las repetidas y sucesivas anulaciones judiciales, a la vez que se incumplía sistemáticamente la obligación legal de cubrir los puestos vacantes por concurso de méritos.

Por ello, desde el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies consideramos imprescindible conocer el parecer del nuevo candidato socialista a la Presidencia del Principado y, en concreto, si en sintonía con su partido en Galicia, defenderá en su programa electoral un sistema de empleo público transparente, democrático y no clientelista y si, llegado el caso, se opondrá a un posible intento del gobierno Areces dirigido a legalizar la “dedocracia” a través de la próxima ley de presupuestos.

La importancia y el calado de la cuestión y la proximidad de la campaña electoral exigen una respuesta expresa e inequívoca por parte de D. Javier Fernández. La higiene democrática del sistema político asturiano está en juego.

Oviedo, 25 de octubre de 2010

La Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies


EL PARTÍU SOCIALISTA DE GALICIA ESIXE A FEIJOO LA SUPRESIÓN DE LOS NOMAMIENTOS A DEU DE LOS XEFES DE SERVICIU . ¿ QUÉ OPINA D. JAVIER FERNÁNDEZ?

El Partíu Socialista de Galicia acaba d'esixir enérxicamente al gobiernu popular de Feijoo qu'abandone la so intención de blindar pente medies de la próxima llei de presupuestos el nomamientu a deu de los Xefes de Serviciu, venceyando dicha esixencia a la rexeneración de la Función Pública gallega. El voceru socialista da nel clavu cuando afirma que de les Xefatures de Serviciu depende'l desenvolvimientu de les funciones alministratives ordinaries, polo que la so designación nun puede efectuase en base al enfotu políticu, sinón por concursu de méritos.


Esti planteamientu choca cola política esplegada pol Gobiernu del Sr. Areces na última década, na que se crearon nueves categoríes de personal de nomamientu dixital (coordinadores, asesores etc.), que se caltienen a pesar de les repitíes y socesives anulaciones xudiciales, al empar que s'incumplía sistemáticamente la obligación llegal de cubrir los puestos vacantes por concursu de méritos.

Por ello, dende'l Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies consideramos imprescindible conocer el paecer del nuevu candidatu socialista a la Presidencia del Principáu y, en concretu, si en sintonía col so partíu en Galicia, va defender nel so programa electoral un sistema d'empléu públicu tresparente, democráticu y non clientelista y si, llegáu'l casu, va oponese a un posible intentu del gobiernu Areces dirixíu a llegalizar la “dedocracia” al traviés de la próxima llei de presupuestos.

La importancia y el caláu de la cuestión y la proximidá de la campaña electoral esixen una respuesta espresa ya inequívoca per parte de D. Javier Fernández. La hixene democrática del sistema políticu asturianu ta en xuegu.

Uviéu, 25 d'ochobre de 2010

La Xunta Directiva del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies


jueves, 21 de octubre de 2010

El PS de Galicia propone a la Xunta un pacto para reformar la Administración pública si no "designa a dedo" a jefes de servicio


El Faro de Vigo
El CorreoGallego.es
17/10/10

Ve necesario "parar la sangría de irregularidades" en las oposiciones de la Xunta, que califican de "constantes" en el gobierno de Feijóo

El portavoz del Área Institucional el Grupo Parlamentario de los Socialistas de Galicia, José Manuel Lage Tuñas, ha propuesto al Gobierno gallego un pacto para reformar Administración pública gallega con la condición de que la Xunta retire la propuesta de modificar la Ley de Función Pública que "designa a dedo" a los jefes de servicio y no por criterios de "mérito y capacidad".

Así lo ha manifestado Lage Tuñas en un comunicado, en el que, además, le ha pedido al presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, que "rectifique y retire la propuesta de forzar la ley de presupuestos" para "imponer la movilidad forzosa" en la función pública.

En esta línea, el socialista ha apostado por "profesionalizar la administración en base a criterios objetivos de mérito y capacidad", ya que, según ha expresado, "cualquier decisión en sentido contrario es una vuelta atrás en el tiempo" que tendrá consecuencias "nefastas" para el funcionamiento de la institución.

El portavoz del Área Institucional del PSdeG ha aseverado que los jefes de servicio de la Xunta "son el motor" que garantiza el funcionamiento ordinario de la Administración, y deben ser seleccionados "a través de un concurso".

Además, Lage Tuñas también se ha referido a la "imposición de la movilidad forzosa" de los funcionarios y ha apuntado que es necesaria una rectificación por parte del Gobierno gallego, "ya que no se puede tratar a los funcionarios como ganado".

SINDICATOS

Por otra parte, los socialistas gallegos han valorado la reacción de los sindicatos de la función pública ante el intento de "imponer a las bravas una reforma express", sin debate ni tramitación parlamentaria.

De esta manera, el diputado socialista ha considerado que "los pasos atrás y las rectificaciones" del Gobierno gallego "tienen mucho que ver" con el papel jugado por los sindicatos de la función pública que "se plantaron" delante de la propuesta del gobierno popular.

Tal y como ha reiterado, "ahora sólo queda" que retiren de la ley de presupuestos las propuestas en materia de función pública y que se abra un "nuevo escenario de diálogo" para afrontar "los grandes retos" que tiene pendientes la Xunta antes de "abordar" la Administración pública gallega.

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Feijoo recupera la elección a dedo de jefes de servicio

La Xunta cambia la ley para designar a dedo a 700 cargos administrativos

martes, 12 de octubre de 2010

La semilla del mal



LNE, 12/10/10

La falta de mecanismos rigurosos de control de las adjudicaciones se encuentra en el origen de casos de corrupción como «Gürtel» y «Brugal»

Los trucos que utilizan las administraciones para decidir los concursos públicos que convocan constituyen una ilegalidad que ni a la sociedad ni a los damnificados les resulta fácil corregir por las razones que los juristas vienen explicando desde hace algún tiempo en este periódico. Los concursos amañados forman parte de la corrupción política, de la que ningún partido gobernante está exento. Esa corrupción política conduce a veces a otro tipo de corrupción aún más grave, la corrupción penal. Lo estamos viendo en Valencia con casos escandalosos que están pendientes de las sentencias de los tribunales de justicia. En Asturias hay evidencias de prácticas administrativas arbitrarias y de utilización indebida de funcionarios de libre designación por parte de los políticos para el logro de los objetivos que se pretenden. Es un mal camino. Juan Ramón Gil, director del periódico «Información» de Alicante, del mismo grupo editorial que LA NUEVA ESPAÑA, explica en el siguiente informe cómo la comunidad valenciana, gobernada por el PP, ha pasado por la arbitrariedad hasta llegar a la presunta corrupción.

JUAN RAMÓN GIL DIRECTOR DE «INFORMACIÓN» DE ALICANTE, PERIÓDICO DEL MISMO GRUPO EDITORIAL QUE LA NUEVA ESPAÑA
En los últimos días, LA NUEVA ESPAÑA ha puesto sobre la mesa las deficiencias del sistema de contratación del Principado, evidenciando la facilidad con la que las adjudicaciones públicas pueden ser manipuladas por el Gobierno a través del personal de libre designación y de técnicos influenciables que ocupan cargos de relevancia en las distintas consejerías y, a la vez, tienen un peso decisivo en las mesas y comisiones que otorgan las contratas. El asunto no es menor, puesto que la ausencia de mecanismos de control efectivos y la discrecionalidad con que en la práctica pueden actuar las administraciones son, frecuentemente, el caldo de cultivo en el que crece y se hace fuerte la corrupción.

El ejemplo más evidente de ello son los dos casos que han saltado de la prensa local valenciana a las portadas de todos los periódicos e informativos de España: los conocidos como «caso Gürtel», en el que aparece como principal implicado el presidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, y el «caso Brugal», en el que está imputado, entre otros, el también dirigente del PP José Joaquín Ripoll, presidente de la Diputación de Alicante. En ambos casos, empresas a las que la Unidad Contra los Delitos Económicos y el Blanqueo de Capitales de la Policía acusa de financiar fraudulentamente al PP y ganarse la voluntad de los políticos mediante regalos e incluso sobornos, lograron contratas públicas que nunca hubieran podido adjudicarse de aplicarse la letra y el espíritu de la ley.

Orange Market, la empresa filial en Valencia de Francisco Correa, en prisión por supuesto cohecho, y que dirigía Álvaro Pérez, archiconocido ya como «El Bigotes», logró quedarse con una de las contratas más importantes de la Generalitat valenciana, la del montaje del pabellón de la Feria de Turismo de Madrid, por 1,7 millones de euros, a pesar de que su oferta no sólo era la más cara, sino que la sociedad carecía de cualquier experiencia en eventos de este tipo. A partir de ahí, y en un tiempo récord, consiguió, según el sumario que ha pasado por dos tribunales superiores -la Audiencia Nacional y el Supremo-, contratas de todos los departamentos del Gobierno autonómico valenciano excepto la vicepresidencia económica, por valor de más de siete millones de euros. La Unidad de Auxilio Judicial, que analizó a requerimiento del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 85 de estos contratos celebrados en Valencia, concluyó que se burló sistemáticamente la ley en estas contrataciones. Este informe judicial fue rechazado por la Generalitat con un contrainforme elaborado por Isabel Villalonga, jefa de los servicios jurídicos del Consell, que negaba cualquier irregularidad. Villalonga, sin embargo, ni siquiera pudo firmar el contrainforme, al ser un cargo de confianza y no un funcionario del cuerpo jurídico de la Generalitat. Además, era subsecretaria de Turismo cuando ésta conselleria fue la primera en contratar con Orange Market, contratación en la que participó. Es, como puede comprobarse, un caso calcado, en cuanto al mecanismo, al que LA NUEVA ESPAÑA viene advirtiendo en sus informaciones que podría producirse en cualquier momento, dada la forma de adjudicar obras o servicios que aplica el Principado, donde personal de libre designación de los dirigentes políticos forma parte de las mesas que deciden las adjudicaciones.

En el «caso Brugal», las grabaciones del sumario han puesto de relieve cómo los empresarios que aspiraban a una multimillonaria contrata de basuras manejaban información confidencial que obtenían de los políticos y, de acuerdo con ésta, preparaban sus propuestas e incluso presionaban a los técnicos que se oponían a ellas, dado que conocían la postura que mantenían en las reuniones supuestamente reservadas gracias a esta información privilegiada, así como las ofertas del resto de aspirantes.

Otras investigaciones en el pasado han puesto de relieve que ni siquiera esto último, la presión sobre los técnicos por parte de los contratistas, es necesaria. Son ya muchas las administraciones que no cuentan con secretario o interventor -los encargados de velar por que la ley se cumpla estrictamente- de carrera y oposición, sino que cubren esas plazas con personal eventual cuya permanencia en el cargo depende del político de turno. O cuyos técnicos superiores obtienen compatibilidad para ejercer otros trabajos, o cobran pluses por participar en reuniones o comisiones dentro de su jornada laboral, que pueden ser revocados por decisión de los cargos políticos, quienes encuentran así una vía, en el caso de que estén dispuestos a corromperse, para influir en las concesiones. Pero hay otras formas: España ha modificado varias veces sus leyes de contratación para ajustarlas a la rigurosa normativa europea. Pero una cosa son las leyes y otra la práctica administrativa: a pesar de las protestas de la Unión Europea, siguen siendo moneda común el fraccionamiento de los contratos para que puedan ser adjudicados directamente sin concurso, o para convertir una gran contrata en una serie de contratos menores que no requieren de procedimiento alguno para su concesión; los concursos sin publicidad, en los que es la propia Administración la que se dirige a tres empresas para que presenten sus ofertas y elegir de entre ellas, siendo cada vez más las denuncias que demuestran que en este tipo de operaciones las tres empresas sólo son independientes entre sí sobre el papel, porque en la práctica pertenecen a la misma matriz; o los famosos «modificados», contra cuya proliferación se ha hartado de protestar la UE, sistema por el que una obra o servicio adjudicada por un precio pequeño acaba costando el doble y hasta el triple en la facturación final alegando los imprevistos más peregrinos para justificar estos aumentos. En el caso de Orange Market, sólo 9 de los 85 contratos examinados por el Tribunal Superior fueron adjudicados mediante concurso y muchos de ellos sufrieron, además, «modificados» al alza.

Los distintos tribunales de cuentas, tanto los que operan en las autonomías como el estatal, han denunciado reiteradamente todos estos abusos. Pero sus alegatos resultan inoperantes. Primero, porque la falta de medios y la resistencia de las administraciones a la fiscalización hacen que las auditorías se realicen con mucho retraso; y segundo, porque, en la práctica, esos tribunales carecen de capacidad sancionadora. Los expertos consultados por LA NUEVA ESPAÑA han coincidido en abogar por mayores controles judiciales en esta materia. Pero tampoco es ésta una solución fácil ni definitiva, dada la sobrecarga que de por sí padece ya la mayoría de los tribunales de lo contencioso, multiplicada en tiempos de crisis. En realidad, además del perfeccionamiento de los sistemas legales de control y de selección de los participantes en las contrataciones, sería necesario un profundo cambio de mentalidad en la sociedad española para poner coto a estos abusos. Un cambio que pasara por la toma de conciencia, por parte de los ciudadanos, de que todas estas irregularidades afectan directamente a su bolsillo, porque encarecen las contratas, que se pagan con los presupuestos que salen de los impuestos, y empeoran los servicios; pero también por parte de los empresarios, muchos de los cuales se han mostrado hasta aquí resignados a un sistema que va contra su propia esencia, puesto que pervierte las reglas del mercado, la competencia y la libre concurrencia. Un cambio que se antoja difícil a la luz de las encuestas, que, a pesar de señalar que la corrupción es ya una de las principales preocupaciones de los españoles, indican al mismo tiempo que esa preocupación no se convierte en castigo a la hora de votar a los políticos denunciados por venales.

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