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martes, 28 de abril de 2009

EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA NOS RECONOCE LA LEGITIMACIÓN PARA RECURRIR LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJOS DE LA SINDICATURA DE CUENTAS


Con el fin de evitar que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia se pronunciase sobre el fondo del asunto, esto es sobre la ilegalidad de la relación de puestos de trabajo de la Sindicatura de Cuentas, al prever la designación “a dedo” (sistema de libre designación) en determinados puestos de trabajo, se adujo que el Conceyu por Otra Función Pública N´Asturies no tenía legitimación para impugnar dicha relación.


El fin de la maniobra, obviamente, era evitar la anulación de dicha relación de puestos de trabajo impidiendo que -paradoja de paradojas- el órgano fiscalizador de las cuentas del sector público sea condenado por incumplir la legislación aplicable a la función pública que, claramente, establece que el sistema ordinario de provisión de puestos de trabajo sea el concurso de méritos y no “el dedazo” o la libre designación.


El Tribunal Superior de Justicia, mediante auto dictado el pasado 20 de abril pone las cosas en su sitio y, desestimando la alegación efectuada por la letrada de la Sindicatura de Cuentas, reconoce la legitimación del Conceyu recordando que “la asociación recurrente, legalmente constituida y acordando estatutariamente la interposición del recurso, tiene precisamente como objeto asociativo la defensa de los principios constitucionales de acceso al empleo público y de provisión de puestos de trabajo, tal y como establecen sus estatutos, lo que la hace a nuestro juicio legitimada para defender en el caso que decidimos la eventual disconformidad a derecho de la actuación administrativa impugnada, una relación de puestos de trabajo de una Administración Pública”.

Ver auto

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