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jueves, 6 de noviembre de 2008

La carrera profesional y la designación a dedo

Artículo de miembros de COFPA publicado en el Diario La Nueva España

En plena vorágine de informaciones desconcertantes sobre una fantasmagórica “carrera profesional” de los empleados públicos, resulta oportuno hablar de una manifestación muy real de esa carrera, escasamente respetuosa con los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad, imparcialidad y objetividad: el crecimiento exponencial de las designaciones a dedo o por razones de confianza política en la función pública asturiana.
En la legislatura que acaba de comenzar, el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Asturias aprobó ya más de 160 puestos de trabajo de Jefatura de Servicio o equivalentes de cobertura digital, es decir, en base exclusivamente a la concurrencia de razones de confianza política en los agraciados para ocupar dichas plazas.
Este sistema de nombramiento a dedo en plazas funcionariales, y de cese a capricho del órgano político, se hace incumpliendo flagrantemente la legalidad vigente y la jurisprudencia constante y consolidada del Tribunal Supremo, que viene declarando en numerosísimas sentencias ( al menos 8 en los dos últimos años), que la llamada libre designación o designación a dedo es un procedimiento excepcional y extraordinario, frente al normal y ordinario del concurso de méritos, y que sólo puede usarse legítimamente por la concurrencia de funciones directivas y de especial responsabilidad, a justificar puesto a puesto y caso a caso, y en modo alguno de forma generalizada para una determinada categoría de puestos de trabajo, como puedan ser las Jefaturas de Servicio.
No contento con esta manera irregular de utilizar el sistema de designación a dedo, el Gobierno asturiano pretende extenderlo a una nueva categoría de puestos de trabajo que se acaba de inventar bajo la denominación genérica de “coordinadores”, situados jerárquicamente por debajo y a las órdenes de los Jefes de Servicio, creando más de 30 puestos nuevos con este nombre o parecido, cubiertos por personal elegido a dedo, para desempeñar asuntos tales como la gestión de contratos administrativos, la ejecución de obras públicas o la gestión de personal, los cuales pasan a convertirse de este modo, en trabajos de confianza política.
En este estado de cosas, hoy no resulta infrecuente que funcionarios de las últimas promociones, con apenas uno o dos años de experiencia profesional, ocupen puestos de Jefatura de Servicio, alcanzando de forma meteórica la cúspide de la carrera administrativa por el efecto mágico del dedazo de la confianza política, o que a totalidad de los puestos de Interventor, desde el Interventor General a todos los Interventores Delegados, dedicados a la crucial función de fiscalización económico -administrativa, sean desempeñados por personal de confianza del poder político.

Como también resulta habitual que la convocatoria pública que obligatoriamente debe realizarse para la cobertura de los puestos de libres designación o designación a dedo, resulte en la práctica un paripé o fraude de ley en masa, en cuanto que en el funcionario previamente elegido ocupa ya de facto el puesto convocado, ejerciendo las funciones del mismo antes de su nombramiento.
Mientras este régimen de clientelismo se consolida y multiplica en la Administración Pública asturiana, las mayorías sindicales y los medios al servicio del poder se encargan diligentemente de esconderla detrás de la cortina de humo de una nueva y moderna “carrera profesional”, sobre cuyo significado y contenido real hablaremos en otra ocasión.



Javier Álvarez Villa
Silvino Cordero Pando
Xurde Blanco Puente
Jorge Diego Sánchez
Titulados Superiores de la Administración del Principado de Asturias

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